Economía

Los impuestos ocultos

Además de los impuestos contenidos en las diversas leyes fiscales las personas y las empresas también son afectadas por gastos que se pueden traducir en una especie de impuestos.

La definición de impuestos que establece el artículo 11 del Código Tributario, es: “(…) el tributo que tiene como hecho generador, una actividad estatal general no relacionada concretamente con el contribuyente.” Traducido en otras palabras, el impuesto que cada uno de nosotros pagamos está dirigida a una actividad del estado que no está relacionada en forma directa y concreta con la persona, es decir que no se puede precisar como regresa ese impuesto a la población y que se traduce en aspectos de seguridad, salud, educación, entre otras actividades más.

Partiendo de esa premisa, encontramos en el artículo 1 de la Constitución Política de la República que el estado de Guatemala tiene la obligación de proteger a la persona y a la familia. En el artículo 2 encontramos que otros de sus deberes es garantizarle a los habitantes la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo de la persona. Además, en lo que respecta a la educación se establece en el artículo 71 que es obligación del Estado proporcionar y facilitar la educación, entre otras obligaciones más. Hago esa relación de actividades, puesto que con los impuestos que pagamos, deberíamos tener seguridad, centros de salud eficientes, así como facilidad de acceso a la educación, en todos los niveles. Al punto al que quiero llegar es que no obstante la existencia de los impuestos que se decretan vía las leyes fiscales, ante la hola de violencia, la deficiencia en los hospitales, centros de salud, así como centros educativos, la población ha tenido que recurrir a desembolsar dinero adicional a los impuestos para cubrir y paliar su seguridad, salud y educación, solo para mencionar algunos.

Para las personas, casí es una práctica común que en aras de la seguridad de sus colonias, han colocado garitas, rejas y contratado seguridad privada, que obviamente les representa un costo que no se debería estar pagando. Por la inseguridad en el transporte público se ha vuelto necesidad contar con vehículo y para minimizar el robo del mismo se incurren en gastos de alarma, seguro, polarizado, etc. En el caso de las empresas el panorama es impactante. Los gastos que se realizan en seguridad, que van desde la contratación de seguro, agentes de seguridad, circuitos cerrados, contratación de alarma, servicios de localización (gps), etc., el gasto es materialmente importante. En un sondeo que efectuamos una empresa gasta aproximadamente el 15 % y en casos especiales el 40% de sus ingresos, solo en el tema de seguridad y en el caso de las personas individuales, por seguridad gastan aproximadamente del 5 al 10% de sus ingresos, sin incluir los otros conceptos indicados. A todos esos gastos es a lo que este servidor le llama impuestos ocultos.

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ESCRITO POR:

Oscar Chile Monroy

Consultor en impuestos y defensa fiscal. Conferencista-orador en temas tributarios y empresariales. Fue catedrático de la Maestría en Consultoría Tributaria en la Universidad de San Carlos de Guatemala.