Economía

SAT elimina cobro extraordinario en aduanas por protesta de pilotos salvadoreños

La Asociación Salvadoreña de Transportistas Internacionales de Carga (Astic) amenazó ayer con dejar de trasladar mercancías hacia Guatemala el 1 y 2 de noviembre próximos, en protesta por un cobro extraordinario de Q300 que emitió la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) desde hace dos años, en días de asueto en el país.

Raúl Alfaro, presidente de la gremial, explicó a Diario El Mundo de El Salvador, que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) de Guatemala autorizó el cobro de Q300, equivalente a US$42.50, en sus puntos fronterizos para tramitar las operaciones de importaciones y tránsito internacional durante los días festivos.

Por ello, el próximo 1 de noviembre, fecha de asueto para Guatemala, mientras que para El Salvador y México es el día siguiente, se aplicará la suspensión del servicio.

La SAT es una institución autónoma y, según Alfaro, la disposición adoptada no es ley de la República de Guatemala por ser una decisión unilateral. Asimismo, instó a los agremiados a no enviar carga durante los días feriados por los puntos fronterizos del país vecino.

“Si nos hacemos solidarios con esta propuesta, que tiene como objetivo no darle ingresos a esta institución, del nulo resultado de ingreso en su día feriado y la paralización del ingreso y salida de mercancías en su propio territorio, generará un conflicto de intereses entre la SAT y el gobierno de Guatemala”, indicó Alfaro.

Astic dijo que se reuniría con el nuevo titular de la Dirección General de Aduanas (DGA) y abordarán el problema, porque es “una barrera no arancelaria al comercio regional”. Alfaro aseguró que suspenderían la paralización si se logra un acuerdo con las autoridades guatemaltecas de eliminar el cobro.

Eliminan cobro

Al consultar a las autoridades de la SAT, indicaron que los cobros por los productos y servicios que presta la institución y los precios de estos están regulados en el Acuerdo de Directorio 11-2001, numeral 4 del artículo 3.

Sin embargo, informaron que con el objetivo de incentivar el incremento en la recaudación tributaria aduanera, decidieron eliminar el cobro de este servicio los días de asueto, para las operaciones que se realicen en los horarios de atención establecidos en aduanas.

El numeral 4 del Artículo 3 del referido Acuerdo establece que el servicio de despacho aduanero de mercancías, vaciado, ingreso, llenado y otras actividades permitidas bajo control aduanero, fuera de la jornada ordinaria de labores establecida para la Aduana se cobra a razón de Q300.00 por hora o fracción de hora.

“El cobro de estos servicios no es nuevo y se viene realizando desde el año 2011, año del que data el referido Acuerdo”, comentaron autoridades de la SAT.

No obstante lo anterior, la SAT con el objeto de incentivar el incremento de la recaudación tributaria, de las operaciones aduaneras que directa o indirectamente generan ingresos para el Estado y para regularizar la acumulación de operaciones que se da en las distintas aduanas posterior a los días de asueto, ha tomado la decisión de eliminar el cobro de este servicio en los días de asueto, para las operaciones aduaneras que se realicen dentro de los horarios de atención establecidos para cada una de las aduanas del país.

“Como resultado de esta disposición, las operaciones que se realicen el 1 de noviembre, dentro de los horarios de atención establecidos para cada una de las aduanas del país, no estarán afectas a ningún pago por concepto de servicio extraordinario”, informó la SAT.

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