Decisión Libre 2015

Estas son las prohibiciones rigen antes y durante las elecciones

La Ley  Electoral y de Partidos Políticos estipula prohibiciones que no se deben hacer antes de las elecciones del próximo domingo, entre ellas la propaganda electoral y el consumo de bebidas alcohólicas.

No se podrán utilizar celulares en los centros de votación. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

No se podrán utilizar celulares en los centros de votación. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

En el artículo 223 de la Ley Electoral fueron decretadas las prohibiciones que no se pueden realizar por ningún motivo durante cualquier proceso electoral. Además de la decisión de los magistrados de ordenar a las Juntas Receptoras de Votos, que a los votantes les pidan sus teléfonos celulares al momento en que se dirijan al atril a emitir el sufragio.
Los magistrados pretenden con esa decisión, evitar que personas mal intencionadas pueda tomar una fotografía de la papeleta para tener constancia ante algún partido político.
En cuanto a la Ley, la primera se refiere a que no se permitida la venta o distribución de licores o bebidas alcohólicas y fermentadas, así como el consumo en lugares públicos. Entra en vigencia desde el mediodía de este sábado 5 hasta el lunes 8 a las 6 de la mañana.
A partir del mediodía de este viernes, los partidos no pueden llevar a cabo propaganda o encuestas de ninguna clases, la Ley dice que esa actividad está prohibida treinta y seis horas antes de los comicios y el día de las elecciones.https://twitter.com/TSEGuatemala/status/636961848168947712

Tampoco es permitido hacer propaganda anónima o en publicación, sin señalar al responsable, a partir del mediodía de este viernes.
La Ley prohíbe además que no se puede utilizar los bienes y recursos del Estado para propaganda electoral, de la misma forma ocurre con los funcionarios o empleados públicos, quienes no pueden dedicarse a jornadas políticas electorales o utilizar sus influencias.
La normativa hace un llamado al ejército y los cuerpos de seguridad, para que no participen en actos de carácter político o propagandístico.
Las disposiciones contemplan además la limitante para utilizar vehículos con altoparlantes para fines propagandísticos.

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