Guatemala

CIDH urge a Guatemala a investigar la muerte de tres reclusos

La falta de control de las autoridades y los enfrentamientos entre grupos rivales son algunas de las causas del incremento de muertes violentas en las prisiones, señala la entidad en un comunicado.

Internos del Centro Juvenil Gaviotas afirman que los motines ocurren por malos tratos en el correccional. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Internos del Centro Juvenil Gaviotas afirman que los motines ocurren por malos tratos en el correccional. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), pidió este viernes al Estado de Guatemala que investigue y esclarezca las circunstancias en las que murieron tres privados de libertad el 6 de diciembre pasado.

Se trata de Jonathan Daniel Rivera Díaz y Edgar Porón Pérez, quienes guardaban prisión en el sector 11 del Centro Preventivo para Hombres de la zona 18, además de Alexander Avalos Escalante, 19, quien se encontraba recluido en el Centro Juvenil Gaviotas.

La CIDH recuerda que el centro para menores tiene medidas cautelares otorgadas por la CIDH en junio de 2017 cuyo objetivo es proteger la vida y la integridad personal de los internos.

“La Comisión observa con gran preocupación que en el transcurso del año se han dado en este mismo centro motines, fugas y actos de violencia con resultado de muerte, como los ocurridos en el mes de abril y julio del presente año, a los cuales se les suma el trágico evento del 6 de diciembre”, dice el comunicado.

Casos al alza

La organización afirma que desde el 2015 se ha registrado un aumento de muertes violentas en los centros de detención, esto debido a conflictos entre grupos contrarios de reos y por la “falta de control efectivo de las autoridades al interior de los centros de reclusión”.

Según sus estadísticas, entre los años 2010 y 2014 se registraron 23 muertes violentas en las prisiones, mientras que en 2015 se registraron 59 y en 2016 fueron 57.

La CIHD recuerda que el Estado guatemalteco es el garante de los derechos fundamentales de los privados de libertad, “tienen el deber jurídico ineludible de adoptar acciones concretas para garantizar los derechos a la vida, integridad personal y seguridad de los reclusos”, asegura.

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