Guatemala

Congreso aprueba Ley de Microfinanzas

Con el voto favorable de 105 diputados, nueve en contra y 44 ausentes, el Congreso de la República aprobó este martes el decreto 25-2016, Ley de Microfinanzas.

La normativa fue aprobada este martes durante la sesión permanente. (Foto Prensa Libre: Erick Ávila)

La normativa fue aprobada este martes durante la sesión permanente. (Foto Prensa Libre: Erick Ávila)

La norma tiene por objeto regular lo relativo a la constitución, autorización, fusión, funcionamiento, operaciones, servicios, suspensión y liquidación de las microfinancieras de ahorro y crédito, así como de las microfinancieras de inversión y crédito.

También lo relacionado con el registro, administración de riesgo, envío y divulgación de información, así como la cancelación y liquidación de los entes de microfinanzas sin fines de lucro.

La nueva normativa establece que las entidades de microfinanzas deberán constituirse como sociedades anónimas, su capital estará dividido y representado por acciones nominativas.

En otro punto menciona que para constituir una entidad de microfinanzas deberá presentarse a la Superintendencia de Bancos (SIB) quien, con el dictamen correspondiente, la elevará a la Junta Monetaria (JM) para que otorgue o deniegue la autorización de constitución de dichas entidades.

Además, estipula que las entidades de microfinanzas deberán iniciar operaciones dentro del plazo de seis meses siguientes a la  fecha de notificación de la autorización para la constitución.

Dicho plazo podrá ser prorrogado por la SIB una sola vez, hasta por el mismo plazo.

Ley favorable

Edgar Búcaro, experto en microfinanzas,  comentó que la ley favorece al sector porque regulará sus operaciones y “particularmente provocará que las instituciones que en la actualidad trabajan en el sector se acojan a la norma  y se regulen mientras que otras, que no podrán regularse momentáneamente por incumplir con los requisitos, queden registradas en el Ministerio de Economía”.

Agregó que el beneficio más grande será que por primera vez en muchos años la información de las instituciones de microfinanzas, conocidas como IMF, estará centralizada.

“La Ley va a exigir que todas las instituciones reporten toda su información y ojalá que haya un buró de créditos que las atienda”, dijo Búcaro.

Según el experto, en la actualidad toda la información está disgregada por lo que es muy difícil poder medir la calidad de los clientes que están recibiendo crédito pues no hay información sobre su récord crediticio.

Sin embargo, por el momento, van a ser pocas las instituciones que se acojan a la Ley, especialmente por los requerimientos de capital.

Capital autorizado

A decir de Búcaro, las micro financieras de ahorro y crédito deberán tener un capital autorizado de US$5 millones, mientras que las micro financieras de inversión y crédito (MIC) que  requerirán US$1.8 millones de capital inicial.

De acuerdo con el profesional, en otros países como Honduras,  la normativa sobre el tema ha ayudado a consolidar a las instituciones y hacerla más fuertes.

Las instituciones que sean cumplan los requisitos para acogerse a la Ley serán aprobadas y supervisas por la Superintendencia de Bancos y las que no se puedan acoger deberán estar  registradas en el Ministerio de Economía en tanto se regulan.