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18/04/13 - 00:00 Comunitario

Congreso debe avalar estado de Excepción

Los expertos en seguridad Marco Antonio Canteo, abogado penalista, y Ronaldo Leiva, ex ministro de la Defensa, durante el programa Diálogo Libre, transmitido por www.prensalibre.com, abordaron la propuesta presentada por el ministro de Gobernación, Mauricio López Bonilla, sobre la implementación de estados de Excepción en al menos 30 municipios donde se concentra el mayor índice de violencia en el país.

¿Cómo se valora la iniciativa desde el punto de vista legal? ¿Es factible crear estos estados de Excepción?

Canteo: Diría que se deben hacer algunas evaluaciones desde el ámbito formal previas a la toma de decisiones. Primero, hay que establecer que la Constitución de 1985 reconoce la Ley de Orden Público que fue aprobada en 1965.

Ambas legislaciones contemplan cinco estados de Excepción: Prevención, Alarma, Calamidad Pública, Sitio y Guerra. En ellos se suspenden algunas garantías constitucionales.

Tienen un orden dependiendo del orden de gravedad. Sin embargo, académicos y constitucionalistas han advertido sobre la necesidad de actualizar la Ley de Orden Público con la Constitución.

La Ley de Orden Público tiene una naturaleza o un ADN contrainsurgente. De hecho fue dictada en una época en donde afloraba el conflicto armado, y la Constitución es garantista, pues establece instituciones democráticas y un conjunto de derechos fundamentales para los ciudadanos.

¿Qué factibilidad ve usted para controlar la violencia?

Leiva: En lo práctico hay que establecer el criterio con el cual se pensaría en cualquiera de los estados de Excepción.

Se puede dar un estado de Excepción, como el de Prevención, focalizado en algún espacio, pero las fuerzas de seguridad no pierden su control, sino que ellos siguen dirigiendo las operaciones de seguridad.

¿En cualquiera de estos estados estaría siempre al frente la Policía Nacional Civil?

Canteo: Bueno, conforme a la Ley de Orden Público, no necesariamente.

¿Cuál es el estado que sería más factible aplicar en este momento?

Canteo: En primer lugar, los cinco estados de Excepción que establece la Ley de Orden Público y la Constitución necesitan de un acuerdo gubernativo hecho en Consejo de Ministros.

Aclaro que solo el estado de Prevención no necesita ratificación del Congreso, pero en todos los demás necesita del control del Legislativo y siempre por medio de un acuerdo gubernativo en Consejo de Ministros.

A mí me parece que, conforme a lo ha anunciado por el ministro de Gobernación, de momento no aplica ninguno de los estados de Excepción y me parece que las justificaciones no están del todo dadas en relación a las exigencias constitucionales e internacionales.

Si con las herramientas normales Guatemala no pudiese combatir estos hechos que el señor ministro ha planteado públicamente, quedaría todavía una legislación de emergencia, que sería la utilización de la Ley del Crimen Organizado, que tiene herramientas como escuchas telefónicas y entregas controladas, entre otras.

Solo en una situación en donde se ponga en riesgo la democracia y la institucionalidad del país, entonces se justificaría acudir a uno de los estados de Excepción.

No creo que los estados de Excepción se puedan utilizar de esa forma discrecionalmente.

¿Qué debe hacer el Gobierno al aplicar un estado de Prevención?

Leiva: El Gobierno debe preparar qué es lo que necesita para intervenir en un municipio y qué es lo que se persigue.

No es así de que a alguien se le ocurre que allí hay mucha delincuencia, pero no sabe dónde están o si son pasajeros y se mueven de un lugar a otro.

Por eso la inteligencia es necesaria en ese momento, por la razón de que deben llevar un factor vital como la sorpresa y la temporalidad.

Este tipo de medidas, cuando transcurre mucho tiempo, pierden su efectividad.

¿Debe ser de forma simultánea en varios municipios?

Si se pudiera dar con una inteligencia suficiente, sería un efecto positivo, pero el problema aquí son los medios logísticos. Estamos hablando de 30 municipios intervenidos al mismo tiempo.

Esto lleva gran cantidad de personal, porque se necesita bloquear todas las salidas que pudieran tener los delincuentes. Además de una logística en combustible y alimentación.

Las limitaciones, acompañando a la debilidad institucional, impiden que se pueda llevar a cabo este tipo de operaciones.

¿Estratégicamente qué tanto les pueden restar a los estados de Excepción si ya se anunció dónde se va a implementar?

Leiva: Ese es un factor que pierde la sorpresa, pero se gana en prevención, porque se les está diciendo que pueden ser sujetos a una intervención del Estado, y de esa manera pueden hacer que los delincuentes tomen medidas para retirarse a otro lugar.

Siempre tienen una de cal y una de arena estas situaciones.

Lo que recomiendan

Expertos hacen observaciones al Gobierno.

Usar la Ley del Crimen Organizado  para combatir la delincuencia.

No aplica en este momento ningún estado de Excepción  ni se pueden utilizar en   forma discrecional.

 Se necesita de un acuerdo gubernativo firmado en Consejo de Ministros.

Usar el estado de Excepción cuando se ponga en riesgo la democracia y la institucionalidad.

El Gobierno debe preparar   lo que necesita para intervenir en un municipio y tener claro qué es lo que se persigue.

Un estado de Prevención focalizado en algún espacio  sin que las fuerzas de seguridad pierdan el control.

Inteligencia,  para  establecer los movimientos de los delincuentes.


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