Guatemala

Magistrado decide separarse del caso Ríos Montt

Con la decisión del magistrado suplente Frank Trujillo Aldana de separarse del caso que se sigue contra los generales José Efraín Ríos Montt y José Mauricio Rodríguez Sánchez, acusados por genocidio en el área ixil, sigue desintegrada la instancia que debe fallar en el proceso.

El general  José Efraín Ríos Montt es señalado por la Fiscalía de  genocidio en el área ixil.

El general José Efraín Ríos Montt es señalado por la Fiscalía de genocidio en el área ixil.

Trujillo Aldana había sido convocado para integrar la Sala Primera de Apelaciones del ramo Penal, judicatura que por orden de la Corte de Constitucionalidad (CC) debe ampliar la resolución en la cual se negó la amnistía a Ríos Montt.

El funcionario indicó que su decisión se debe a que es hermano de Héctor Efraín Trujillo Aldana, magistrado suplente de la CC que integró el pleno y firmó el acta en la cual el tribunal constitucional amparó al militar, que busca revertir el fallo que le negó el perdón judicial.

La sala quedó desintegrada, y se deberá convocar a un nuevo magistrado.

Quienes confirmaron su presencia son Frank Martínez Ruiz y Juan Ramón Francisco Pineda, que conocerán el proceso. El primero está asignado como apoyo a la sala y el segundo es suplente.

Martínez Ruiz comentó que la sala todavía no ha recibido el expediente del caso, que es otra razón que hace imposible que se conozca lo ordenado por la CC.

El tribunal constitucional explicó que el 5 de noviembre envió la ejecutoria y el expediente a la Corte Suprema de Justicia, para que se dé cumplimiento al fallo.

El 22 de octubre, la CC amparó a Ríos Montt, ex jefe de Estado de facto de 1982, quien pide que se evalúe por segunda ocasión si se le debe beneficiar con la amnistía que confiere el decreto 8-86.

En el fallo se indica que la sala, el 15 de junio del 2012, rechazó una apelación del militar sin haber argumentado sobre lo que solicitó.

Ríos Montt accionó contra el fallo que confirmó la negativa de otorgarle el perdón judicial, que había resuelto el juez Miguel Ángel Gálvez.

De esa manera, la CC exige a la sala que fundamente por qué sí o por qué no se puede otorgar el beneficio a Ríos Montt, el cual debe basarse en la mencionada normativa, que fue emitida el 10 de enero de 1986, antes de que el general Óscar Humberto Mejía Víctores dejara la jefatura de Estado.

La amnistía abarcaba los hechos registrados entre el 23 de marzo de 1982 y el 14 de enero de 1986, relativos a delitos políticos y comunes conexos con los políticos.

Decisiones

En mayo pasado, la sala también fue integrada por Martínez Ruiz y dos suplentes, quienes por orden de la CC verificaron la ejecución de una acción de la defensa de Ríos Montt, que pedía la separación definitiva de los jueces Yassmin Barrios y Pablo Xitumul, por relaciones de enemistad y amistad, respectivamente, con su abogado, Francisco García Gudiel.

Barrios y Xitumul integran el Tribunal A de Mayor Riesgo, que el 10 de mayo condenó a Ríos Montt a 80 años de cárcel, tras haberlo hallado responsable de la muerte de mil 771 ixiles, habitantes de Nebaj, Chajul y San Juan Cotzal, Quiché, entre 1982 y 1983.

Rodríguez Sánchez fue absuelto. Los jueces determinaron que su puesto no tenía mando en el Ejército y que por esa razón no podía dar órdenes.

Juicio por genocidio

Momentos claves del proceso por la muerte de mil 771 ixiles.

15 de diciembre del 2011: el general José Efraín Ríos Montt se presentó a la Fiscalía de Derechos Humanos para conocer si había  acusación en su contra. Estaba próximo a dejar el cargo de diputado al Congreso.

26 de  enero del 2012: el Juzgado

Primero A de Mayor Riesgo ligó a proceso penal a Ríos Montt, señalado de genocidio y delitos contra  deberes de  humanidad.

28 de enero del 2013: el Juzgado Primero B de Mayor Riesgo ordenó que Ríos Montt debía enfrentar debate.

19 de marzo del 2013: comenzó el juicio por genocidio en el área ixil, Quiché.

59 Magistrados se inhibieron de conocer una acción legal en mayo.

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