Guatemala

Hay 5 mil casos sin resolver en Corte de Constitucionalidad

Del 2009 al 2013 se reporta la recepción de 25 mil 793 expedientes en la Corte de Constitucionalidad (CC). De ellos resolvieron, en el mismo período, 20 mil 596, lo cual refleja que el máximo tribunal empezó el 2014 sin resolver más de cinco mil casos acumulados.

Fachada de la Corte de Constitucionalidad

Fachada de la Corte de Constitucionalidad

Paralelamente hoy entran en vigor las modificaciones decretadas el 12 de diciembre último por el máximo tribunal, con el propósito de frenar el abuso de la figura del amparo, especialmente para retardar procesos y limitar las competencias de los tribunales de Amparo.

La mayor cantidad de expedientes que recibe la CC son apelaciones y sentencias de amparos. Le siguen las acciones de inconstitucionalidades y ocursos de queja.

Es otra instancia

Expertos coincidieron en que el abuso de los amparos y la falta de tribunales especializados en esta materia causan que no solo haya rezago sino que también se desborde el número de acciones que se presentan.

Francisco Quezada, experto del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (Cien), consideró que principalmente el abuso de las acciones por parte de los abogados es lo que ha originado el incremento de expedientes en el máximo tribunal. Además, se ha convertido en una instancia superior a la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

“Entonces, obviamente, la CC tendrá un rezago enorme en la tramitación, porque cada día subirá la cantidad de expedientes en la medida en que se siga convirtiendo en una instancia superior a la Corte Suprema, y la acumulación de expedientes es un reflejo de la desnaturalización de la CC”, aseveró.

Agregó: “Es difícil saber si la CC tiene rezago en la tramitación de expedientes o bien si la cantidad de los mismos la ha rebasado”.

Amplia competencia

Diego Montenegro, del Instituto de Problemas Nacionales de la Universidad de San Carlos (Ipnusac), señaló que un factor que impide la celeridad en la CC es que tiene competencia que abarca todo el país y, además, no la puede delegar, como la CSJ.

“La saturación de la CC obedece a que son solo cinco magistrados los que tienen que conocer todos los asuntos constitucionales. Y, obviamente, por ser una corte con competencia en todo el país, tiene saturación, y de allí que haya expedientes con rezagos”, comentó.

El experto hizo una comparación entre la CC y la CSJ. En el primero de los casos, no puede delegar sus competencias, y en el segundo, señaló que son 13 magistrados y sí pueden delegar la competencia en juzgados de Paz, Instancia, salas, y conocen casos solo en casación.

“Allí, entonces, ya va una depuración en su estructura jerárquica de competencia, y por eso la variación entre ambos entes”, expresó Montenegro.

Adolfo Alarcón, de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asíes), coincidió con Montenegro en cuanto a que la competencia del máximo tribunal afecta su desempeño.

Citó como ejemplo que tienen que ver al menos unos dos mil expedientes de apelaciones de sentencia de amparo por año. “Y lo que obliga el trámite es que la CC tenga que revisar todas las actuaciones y se convierta en otra instancia”, agregó Alarcón.

Añadió que con tribunales especializados en amparos se eliminaría el riesgo de utilizar esas acciones como medio dilatorio de procesos.

Un avance

Alarcón indicó que uno de los logros de la actual magistratura de la CC son las reformas a la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, la cual modifica competencias de los tribunales de Amparo. Y segundo, los cambios al reglamento para la tramitación.

“Eso, obviamente, va a permitir que no pasen situaciones como la actual, y permitirá una mejor justicia y que sea más eficiente y eficaz”, afirmó.

En tal sentido, Quezada coincidió con Montenegro en señalar que las modificaciones que entran en vigor hoy van a contribuir a reducir la presentación de estas acciones, específicamente las que se interponen de mala fe en tribunales afines.

Héctor Hugo Pérez Aguilera, presidente de la CC, afirmó que el objetivo de las modificaciones que rigen a partir de este día es que haya depuración por parte de los abogados para presentar sus acciones, debido a que en su mayoría presentan amparos sin sustento.

Cien

Ya se vislumbraba

Francisco Quezada, del Cien, recordó que en las discusiones de la Asamblea Nacional Constituyente ya se advertía que el máximo tribunal se convertiría en una instancia superior a la Corte Suprema de Justicia.

“Uno puede leer las discusiones de la Asamblea Nacional Constituyente —cuando se trató el tema de la Corte de Constitucionalidad—, y allí ya se advertía que la Corte se convertiría en una instancia superior, y no en una corte privativa del orden constitucional, debido al abuso en el uso de los amparos, y eso es lo que ahora estamos viviendo”, expresó Quezada.

Ipnusac

Deberían respetar plazo

Diego Montenegro, del Ipnusac, explicó que para evitar el rezago de los expedientes se deben respetar los plazos establecidos en la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.

 “Primero se debe analizar la reglamentación interna. Además, la ley establece plazos, los cuales no deberían extralimitarse ni por la CC ni   por ningún otro tribunal de Amparo, porque están allí obviamente para que se cumplan”, expresó Montenegro.

 Añadió que ese es un factor que causa que haya acumulación, porque mientras los magistrados  resuelven  expedientes acumulados,  en el máximo tribunal se  recibe una cantidad superior.

Asíes

Tribunales especializados

Adolfo Alarcón, de Asíes, indicó que la solución para evitar la acumulación de expedientes en la Corte de Constitucionalidad es la creación de tribunales especializados en materia de amparo.

“Nosotros, en Asíes, consideramos que se podría aligerar la carga de trabajo si existieran tribunales especializados para que conozcan los amparos. De esta forma se liberaría incluso a la justicia ordinaria —juzgados y salas— de esta  carga de trabajo que provoca que los jueces y magistrados se distraigan de los casos que son de su competencia por atender los amparos, tal y como lo establece la ley. De esto ya existe una propuesta en la Corte Suprema de Justicia”, dijo Alarcón.

CC

Confianza en reformas

Héctor Hugo Pérez Aguilera, presidente de la CC, se muestra esperanzado en que las modificaciones a la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, en vigor a partir de hoy, reduzcan el uso de las acciones como mecanismo para retardar casos.

 “Lo que sucede es que ha existido un masivo planteamiento por cosas que no tienen sentido. Nacen muertos, pero no se pueden dejar de tramitar”, comentó.

Las modificaciones obligan a los abogados a presentar los amparos en los tribunales que les correspondan y, además, establece la competencia para cada tribunal de Amparo.

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