En esa situación se encuentran 25 partidos, mientras que Bienestar Nacional (Bien), Ciudadanos Activos en Formación Electoral (Café) y Unión Democrática (UD) no lograron el objetivo.
El artículo 92 de la Ley Electoral establece que un partido puede ser suspendido cuando en cualquier tiempo el Registro de Ciudadanos determine que el número de afiliados es menor al señalado.
“Para que un partido político pueda existir y funcionar legalmente se requiere que cuente, como mínimo, con un número de afiliados equivalente al 0.30 por ciento del total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral utilizado en las últimas elecciones generales”, dice la norma.
Llegan al mínimo
Del viernes para ayer, el Partido Libertador Progresista (PLP) sobrepasó la cantidad de afiliados requeridos, ya que ese día tenía 15 mil 446 personas inscritas y ayer sumaban 22 mil 137. En estos tres días el PLP inscribió a seis mil 691 ciudadanos.
Se espera que Café sobrepase la cantidad establecida, pero la lista oficial estaría lista mañana.
El vocero del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Marco Julio Ochoa, manifestó que posiblemente Bien y UD sean las únicas organizaciones que incumplan el requisito de afiliados, por lo que serían suspendidas y no participarían en el proceso electoral de septiembre.