Guatemala

Endurecen sanciones para transporte extraurbano

Las modificaciones al Reglamento para la Prestación del Servicio Público de Transporte Extraurbano de Pasajeros por Carretera y Servicio Especial Exclusivo de Turismo Agrícola e Industrial se oficializan con la publicación del Acuerdo 535-2013, el cual establece sanciones más rígidas para los transportistas.

Las reformas  al Reglamento de Transporte Extraurbano  buscan reducir el descontrol en el servicio.

Las reformas al Reglamento de Transporte Extraurbano buscan reducir el descontrol en el servicio.

CIUDAD DE GUATEMALA – El reglamento se emitió en septiembre de 2012, generó rechazo por parte de los transportistas ya que establece la obligatoriedad de implementar un sistema electrónico de pago en las unidades y un GPS, cuya implementación continúa vigente.

Según la publicación, el plazo para la implementación del sistema prepago se determinará en un nuevo Acuerdo Gubernativo.

Entre las modificación se incluye la capacitación y registro de pilotos que conduzcan los vehículos autorizados por la DGT, quienes deberán ser certificados por el Instituto Técnico de Capacitación que  impartirá conocimiento de los reglamentos de tránsito, señalización y respeto a los usuarios.

El transportista (o porteador, según la ley) tendrán hasta el 1 de septiembre del 2015 para registrar a los pilotos. Quienes incumplan, recibirán una multa de Q5 mil.

Otro de los cambios es la opción para suspender la licencia por seis meses en caso de que el porteador haya sido sancionado por prestar servicio de transporte con sobrecarga, sin seguro vigente o su constancia. En el último caso, el vehículo será trasladado a las instalaciones que la autoridad competente determine y se deberá devolver  el importe del boleto a los pasajeros.

La licencia será cancelada de forma definitiva si ocurriera un accidente por superar el número de pasajeros que fue autorizado en la tarjeta de operación o al ser sancionado dos veces por no cumplir con los límites de velocidad.

En caso de que el porteador estuviese autorizado para prestar el servicio de transporte con más de un vehículo se cancelarán todas las licencias y tarjetas de operación.

Será obligatorio adherir una calcomanía con el número de licencia y tarjeta de operación en la parte frontal derecha del vidrio del vehículo, para verificar su autenticidad, la cual será entregada por la DGT. El plazo para la implementación de este adhesivo será de un mes a partir de la vigencia de este acuerdo que inicia este sábado, 28 de diciembre.

Tarifa

La tarifa se calculará por kilómetro recorrido, se ajustará por aproximación en múltiplos de Q0.25 en los transportes de pasajeros por carreteras. Se tomará en cuenta la inversión de capital del porteador; los costos fijos y variables de la operación de las unidades; la topografía del terreno y condición de las carreteras, la tarifa del Impuesto al Valor Agregado; información recabada del sistema en cuanto a usuarios, ingresos reales pr unidad e índices de pasajeros por kilómetros.

Otras sanciones

Por modificar los itinerarios autorizados, no cumplir con los horarios, incumplimiento de las tarifas autorizadas u operar con documentos vencidos aplicará una multa de Q10 mil.

Por no portar la calcomanía regulada o suspender el servicio sin causa justificada la sanción será de Q5 mil.

Por hacer mal uso de los permisos para viajes expresos, no portar distintivo de ruta la multa es de Q2 mil 500.

Por operar con documentos deteriorados, por suspender el servicio sin contar con la autorización correspondiente por más de ocho días, por circular sin tarjeta de operación original o permiso temporal original o fotocopia legalizada legible, la multa será de Q1 mil.

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