Ley de armas y municiones: basura

|

inservibles, complicándole la vida al motor productivo de esta nación. A ciudadano común. Al pequeño y mediano empresario.

Es como si hubiese un sortilegio endemoniado, moviendo pitas desde reinos negros “Dark” —como le dicen los jóvenes hoy a todo aquella figura con tinte siniestro o “vibra” nefasta—.

Leyes estúpidas engendradas por cabildeadores locales e internacionales que nunca debieron nacer. Tienen tara genética desde su concepción original. Tómese la ley de Femicidios —como lo analiza muy bien Dina Fernández en su última columna—, señalando que es una ley —aunque necesaria— que se presta para cometer abusos crucificando a hombres bajo acusaciones falsas, mentirosas o retorcidas.

Tómese el Consejo del Ministerio Público, ampliamente analizado por Acisclo Valladares y reiterado por este escribiente durante años. A pesar de haber sido declarado inconstitucional, sigue maniatando al MP con miembros de un Consejo totalmente hostil a la autoridad de la Fiscal General. De esa cuenta es que hay fiscales, ¡oh ironía!, despedidos por corruptos, o ineptos, devengando salarios cómodamente desde sus casas desde hace años.

¿Y qué de la Ley de Armas y Municiones? Fue una ley aprobada a rajatablas durante el gobierno de Colom para lamer la bota extranjera. A pura mano alzada por directriz presidencial y con 85 votos con cero de materia gris aprobaron una ley que nunca ha funcionado. Por el contrario. Los que nos opusimos seguimos argumentando que la tal ley —en su redacción aprobada— parte de una premisa fundamentalmente errada según la cual, “a mayor registro de armas menos crimen…”. Absurdo. ¡Los criminales no necesitan permisos! ¡Nunca los han necesitado!

Lo comprueban las declaraciones del ministro de Gobernación el día de ayer, lamentando que a mafiosos capturados con enormes arsenales de armamento prohibido —lanzagranadas, fusiles M16, AK47, etc.— les hayan dado “medidas sustitutivas” por enredos absurdos de interpretación legal al tenor del artículo 22 del Código Penal que define la reincidencia, llora sangre: “No puede ser reincidente aquel que haya sido capturado varias veces por el mismo delito si No fue sentenciado (¿?) ¡¡Habrase visto semejante gilipollez!! ¿Qué Gobierno de izquierda, derecha, de arriba o de abajo, podría controlar la violencia con esta clase de esquizofrenia jurídica?

“En lugar de avanzar hemos retrocedido”, declaró ayer el ministro de Gobernación. “El 85 por ciento de los homicidios y las víctimas de lesiones son con proyectil de armas de fuego. La Comisión de Gobernación del Congreso pidió que en el Código Procesal Penal se incluyera el delito de portación ilegal de armas de fuego y que NO se otorgara medida sustitutiva para quien cometiera ese delito. Para nuestra sorpresa, cuando pasaron la ley apareció la reincidencia”. Reveló.

Leo en la Ley de Armas y Municiones, artículo 112 —la ley que está en vigor—: “Tenencia ilegal de armas bélicas”: “El responsable de este delito será sancionado con prisión de diez (10) a quince (15) años inconmutables y comiso de las armas. El énfasis es mío.

En el “Capítulo IV de la Portación ilegal de armas de fuego de uso civil y/o deportivas”. Dice: “El responsable de este delito será sancionado con prisión de ocho (8) a diez (10) años inconmutables y comiso de las armas”. Esta ley está vigente pero padecemos una nueva enfermedad: La esquizofrenia política. Otro desafío que superar…

 alfredkalt@gmail.com

ESCRITO POR:

Alfred Kaltschmitt

Licenciado en Periodismo, Ph.D. en Investigación Social. Ha sido columnista de Prensa Libre por 28 años. Ha dirigido varios medios radiales y televisivos. Decano fundador de la Universidad Panamericana.