Para no juristas

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¿Por qué? Una única explicación frente a esa irregularidad: era necesario trasladar el día para que la supuesta reunión del 28 de septiembre quedara antes de la resolución judicial —no después, como fue— y así concluir que hubo presión y cohecho.

El 21 de octubre se produjo la modificación de fechas por parte de la Sala, a pesar de que el amparo ya estaba resuelto —26 de septiembre—, notificado —29 de septiembre— y recurrido ante la CC, y, por tanto, no tenía sentido acción alguna si no para “crear un delito”. Pretendieron hacer un tacuche a la medida y presentar el supuesto delito de cohecho consumado, para lo cual la modificación de fechas era una condición imprescindible. ¿Connivencia de la Sala?, pudiera ser, pero habría que promover otra denuncia para dilucidar ese punto que queda oscuro y olvidado.

Los medios de comunicación tampoco manejaron el tema con el rigor esperado. La denuncia no la interpuso la Cicig, sino el MP. ¿Es importante este punto? Sí, cuando la Cicig pretende adjudicarse un protagonismo para perpetuarse y mostrarse como el órgano eficiente que todavía no ha demostrado ser. El ente internacional juega, nuevamente, a la política y se compincha con grupos que “claman por justicia”, pero que no siempre les importa el Derecho. ¿Se pudo haber denunciado la manipulación y/o el chantaje? Debió hacerse, pero por procedimientos ajustados a la legalidad y no desde la manipulación. Unos hicieron mal y los otros,  no menos ¡Linda forma de cambiar el país!

Hay que decir que la magistrada Escobar no aceptó —con voto razonado disidente— la modificación de fechas que “su” Sala  emitió el 21 de octubre, con lo que ella misma rompió la línea temporal artificialmente construida y necesaria para el delito de cohecho que el MP denunció. Es decir, la protagonista, con su voto discrepante, “aclaró” que no existieron los hechos. ¿Utilizaron su candidez esos grupos tradicionales? Seguramente, porque suelen hacerlo, pero ella deberá evaluarlo. Finalmente, la sentencia aborda otro importante tema: los hechos no están demostrados. La grabación telefónica no refleja coacción y el señalamiento de que otros jueces también recibieron llamadas no se probó.

Algunos quisieran que la justicia fuese directamente proporcional al escándalo de sus reclamos, sin advertir aquello de dura lex sed lex. El estado de Derecho —o el de legalidad que vivimos— les importa poco. Tienen claros sus objetivos y para alcanzarlos fabrican lo necesario. Seguiremos escuchando voces disonantes sobre “los hechos”, poco o nada sobre Derecho. ¡Lo habitual! Justicia a la medida de unos pocos manipuladores.

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ESCRITO POR:

Pedro Trujillo

Doctor en Paz y Seguridad Internacional. Profesor universitario y analista en medios de comunicación sobre temas de política, relaciones internacionales y seguridad y defensa.