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11/05/13 - 00:55 Opinión

Una condena sin precedentes

La condena de 80 años por genocidio y contra los deberes de humanidad al general Efraín Ríos Montt, así como la absolución al general Mauricio Rodríguez Sánchez, dictadas ayer por la jueza Jazmín Barrios, constituyen un acontecimiento que marcará la historia nacional, tanto en el campo político como en el jurídico e ideológico. Este es un hecho que era impensable hasta hace pocas semanas y, por consecuencia, abre la puerta desde ya a las interpretaciones y a las posiciones encontradas y contradictorias dentro de la población guatemalteca.

EDITORIAL

El juicio y el veredicto no tienen precedente en el continente americano. Nunca antes un jefe de Estado, electo o de facto, había sido juzgado y condenado, ni tampoco había habido un juicio por el delito de genocidio. En ese sentido, lo ocurrido ayer sí puede ser válidamente catalogado de histórico. Pone en el tapete criterios como que el paso del tiempo no es un factor que disminuya la responsabilidad penal y de hecho se enfrenta al criterio de que las condenas aplicadas a personas de avanzada edad quedan en suspenso o se convierten en arrestos domiciliarios.

Debido a esto, no se harán esperar las reacciones internas y a nivel internacional, algunas basadas en criterios político-ideológicos y otras desde la perspectiva jurídica, que adquiere una importancia muy particular porque un juicio de este tipo crea precedentes internacionales, por razones como la de tener tanta relación con el respeto a los derechos humanos, en especial el de la vida, y porque ha habido otros casos similares en diversas partes del mundo.

Es imposible que un juicio y un veredicto en un caso como este no provoquen reacciones encontradas y haya motivo para discusiones. Entre ellos se pueden mencionar el que la jueza le haya aplicado las máximas penas contempladas por la ley a quien fuera jefe de Estado de 1982 a 1983. También sin duda provocará controversias el hecho de que, según una interpretación de la legislación guatemalteca, una condena no puede pasar de medio siglo y que por ello la condena a 80 años puede ser discutible, además de que debido a la edad de Ríos Montt un número mayor a 10 años, como un máximo posible, constituye cadena perpetua.

Otra fuente de comentarios encontrados es la forma en que reinó el desorden durante buena parte de la audiencia de ayer, en especial en los momentos inmediatamente posteriores a la emisión de la sentencia, cuando los asistentes a la sala que estaban conformes con esta prorrumpieron en gritos y aplausos, y fue imposible guardar el orden.

A nuestro juicio, resulta necesario insistir en que esta sentencia constituye la primera etapa del proceso más famoso de la historia nacional. Los abogados defensores del ex jefe de Estado anunciaron que muy pronto presentarán los recursos legales ante la Corte de Constitucionalidad, en cuyas manos queda la decisión definitiva, que confirme o cambie la sentencia. Se debe insistir en que las pasiones no deben desbordarse y se conviertan en violencia, que tanto daño ha hecho al país.


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