LIBERAL SIN NEO

El derecho del reo

Suponga que le marcan el alto en un retén que ha puesto la Policía en la carretera, de esos donde están los conitos anaranjados. Esto no sería inusual. Un policía se acerca a la ventana del conductor y le pide los documentos del vehículo y su licencia. Es probable que le pregunte si porta algún arma. Hasta aquí todo está normal y de costumbre. Ahora suponga que le dice que quiere ver cuánto dinero lleva en la billetera y luego le “pide” que le dé una determinada cantidad. Usted pregunta ¿por qué?, y él le responde: “Para darle atención médica a reos de alta peligrosidad”. Esto no es tan inverosímil como suena, ya que el Gobierno hace precisamente eso, pero no con la Policía, sino por medio de la SAT, con el agregado de que no le dicen para qué es.

¿Usted está de acuerdo con que le quiten dinero de la billetera para darle atención médica a reos de alta peligrosidad? Más aún, suponga que le dan una lista de todas las cosas que el Gobierno pretende hacer con el dinero que le quita y le pide que las ponga en orden de prioridad, indicando qué porcentaje debe ir a cada cosa.

¿En qué lugar queda darle atención médica a reos de alta peligrosidad? ¿Qué porcentaje de “su” dinero quiere que se destine a este fin? ¿O prefiere que lo paguen “otros”?

Cuando el procurador de los Derechos Humanos se pronuncia con pomposidad sobre los derechos que tienen unos y otros, implícitamente está diciendo que hay que retirarle dinero de su bolsillo para brindar algún servicio o recurso a otra persona, para darle su “derecho”. Los derechos imponen obligaciones, usualmente a otros que deben cargar con los costos.

Creo que pocas personas son contrarias a la idea de que los presos, incluso los de alta peligrosidad, si están heridos o enfermos, tienen derecho a cuidados médicos. Pero esa en realidad no es la pregunta. Una pregunta es si ese derecho significa que los demás debemos sufragar su costo.

Otra pregunta es si al otorgarle este derecho causa un obstáculo o impedimento al derecho de otros. Respecto de la primera pregunta, en mi forma de ver la vida, en primera instancia, las personas son responsables de su propia salud, en su defecto pueden contar con la benevolencia de otros y solamente como último recurso, dependerían de servicios del Gobierno —costeados por los contribuyentes—. Ni hablar del IGSS, tema para otro día.

En mi opinión, el derecho a la salud significa que una persona puede disponer libremente del fruto de su trabajo para contratar voluntariamente con otros, los cuidados o medios que requiera. Una persona tendría “derecho” a que los demás, de manera coercitiva, corramos con el costo de su salud y atención médica, solamente in extremis, si no cuenta con ningún otro recurso.

Qué bueno tener 12 hijos si no los tengo que educar ni mantener saludables, ya que el Gobierno —los demás— lo harán por mí. No puede haber libertad sin responsabilidad, ni responsabilidad sin libertad.

Pero otorguemos el argumento que el derecho a la salud significa el derecho de exigir que los demás corran con el costo de la mía. Queda la otra pregunta de si dar el derecho a unos —reos de alta peligrosidad en este caso— conlleva el derecho de limitar el derecho a la salud de otros, que no están presos por actos criminales.

Uno de los objetivos de encarcelar a criminales, además del castigo y la “rehabilitación”, es precisamente aislarlos de la población que sigue las reglas.

¿Es justo que este principio de aislamiento se viole porque un reo está enfermo, poniendo en peligro a los demás?

fritzmthomas@gmail.com

ESCRITO POR:

Fritz Thomas

Doctor en Economía y profesor universitario. Fue gerente de la Bolsa de Valores Nacional, de Maya Holdings, Ltd., y cofundador del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN).