LIBERAL SIN NEO

El impuesto a los ricos

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Algunos editoriales y columnistas me han tomado la delantera al enfocar la propuesta del “impuesto a los ricos” para “fortalecer la justicia”, desde el lente de las prioridades del Estado, plasmadas en la Constitución. Pensé en abandonar mi borrador y optar por otro tema, pero aquí continúo por donde había empezado.

El Título I de la Constitución Política de la República de Guatemala se refiere a “La persona Humana, Fines y Deberes del Estado”. El Artículo 1 reza: “Protección a la Persona. El Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común”. El Artículo 2 lee: “Deberes del Estado. Es deber del Estado garantizar a los habitantes de la República la vida, la libertad, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona”.

Está bastante claro para qué se organiza el Estado, su razón de ser y prioridad. La frase final del Artículo 2 establece que el Estado garantiza el desarrollo integral de la persona y agrego que esto solo es posible si se cumplen las garantía previas; vida, libertad, seguridad y paz. Todas las demás garantías, derechos, ofertas, promesas y aspiraciones plasmadas en la Constitución tendrían como prerrequisito el cumplimiento de estos dos artículos iniciales. Es evidente que la organización del Estado y especialmente el gasto público, no coinciden con este orden de prioridades.

Este énfasis y enfoque de los artículos introductorios de la Constitución no deben ser tomados a la ligera. En esencia es una declaración de misión y visión, contra la cual puede y debe ser contrastado todo acto e intención de gobierno. En la medida que su actuar se aparta de su misión, en esa misma medida se aparta de su esencia; deja de ser lo que es y se torna incapaz e ineficaz en la persecución de sus objetivos originarios y principales. Hace mucho, pero no cumple con su misión.

Con certeza y consenso se puede afirmar que la seguridad y la paz están a la cabeza de cualquier lista de objetivos sociales. Al enumerar los deberes del soberano, Adam Smith subrayó: “El deber de proteger, hasta donde sea posible, a cada miembro de la sociedad de la injusticia u opresión de cada otro miembro de ella, o el deber de establecer una exacta administración de la justicia”.

Es de esperarse que a la mayoría de personas no les inmute la idea de un impuesto “a los ricos”. Funcionarios y dignatarios de gobierno opinan que es una idea que “vale la pena discutir”, sabiendo muy bien que la mayoría, pensando que no les afecta, estará de acuerdo. También aflora el razonamiento que “la corrupción ya no es excusa para no pagar impuestos”, como si esta fuera una decisión voluntaria de los que ya contribuyen. Debiera ser evidente, pero no lo es, que un impuesto al capital es un impuesto al progreso y este será tema de otra ocasión.

Todos los días arriban al aeropuerto La Aurora burócratas de organismos internacionales, declamando que los problemas en Guatemala se resuelven pagando más impuestos, y Valerie Julliand del PNUD, quien probablemente viajó en primera, con ingresos diplomáticos exentos de impuestos, vino a reforzar el argumento. Es cuestión de principio. El gasto público está altamente desorientado, desenfocado, malgastado y es objeto de amplio fraude. Tirarle más dinero al problema, no va a resolverlo, sin que se den cambios en la tecnología de gobierno. Por el contrario, desvanecerá la necesidad de enfrentar el problema de raíz, que consiste en priorizar y hacer transparente el gasto público.

fritzmthomas@gmail.com

ESCRITO POR:

Fritz Thomas

Doctor en Economía y profesor universitario. Fue gerente de la Bolsa de Valores Nacional, de Maya Holdings, Ltd., y cofundador del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN).