PLUMA INVITADA

El IGSS no es gratuito

Roberto Chávez Zepeda

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Rótulos con el texto del acápite deberían colocarse en la sala de juntas del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), en los pasillos, en las oficinas, los consultorios, las salas de encamamiento, los quirófanos y hasta en los sanitarios.

Como primer antecedente de la legislación social en Guatemala están en las Leyes de Indias, compiladas en 1680. Ellas constituían intento de la corona Española de limitar los desmanes que sus súbditos cometían contra los indígenas. Entre sus disposiciones se encuentra la del establecimiento de la jornada laboral de ocho horas. Si bien es cierto que su aplicación dejó mucho que desear, esas leyes fueron un curioso anticipo de la legislación laboral profesionista que se implementaría siglos después. Las Leyes de Indias fueron renovadas en 1835 y 1851. En 1877 se dictaron varias normas de tipo laboral.

La Constitución de 1921 entroniza los principios e instituciones laborales que estaban en boga a escala internacional y es la plataforma de la legislación posterior. Sin embargo, en materia de seguridad social, solo se regularon algunos aspectos, muy periféricamente.

En 1926 se decretó la Ley del Trabajo, que incluía la protección del salario, la jornada de ocho horas diarias y 48 horas a la semana, descanso semanal, la protección al trabajo de mujeres y menores, y protección a la madre obrera. En 1932 se estableció por decreto el Sistema de jubilación, pensiones y montepíos para funcionarios y empleados públicos. En 1944, mediante decreto, se estableció la Secretaría de Gobernación, Trabajo y Previsión Social, equivalente a un ministerio de Gobierno, que cubría incapacidad, desempleo, vejez y muerte del trabajador.

El IGSS fue creado oficialmente el 30 de octubre de 1946, durante el gobierno del Dr. Juan José Arévalo Bermejo. Él contrató a dos técnicos extranjeros, especialistas en el tema, además del ingeniero y actuario guatemalteco Milton Zepeda.

Desde varios años atrás se han venido presentando quejas contra médicos del IGSS y contra la institución, por deficiencias de diversa índole. De algunas de esas demandas, al final no se publican los resultados. Otras, de gran trascendencia, no han sido llevadas a los tribunales —generalmente, por falta de recursos de los afiliados ofendidos para pagar un abogado—, pero han trascendido por haber ocupado espacios de prensa.

Como anécdota, deseo contar cómo mi padre, una persona muy conservadora, fue el afiliado número 007. Seguramente, aprovechando la oportunidad, decidió hacerse un chequeo general. Para su asombro, el resultado daba positivo para sífilis. Convencido de que eso no podía ser realidad, constató que, efectivamente, se trataba de una confusión en la cual habían cruzado dos expedientes. Su gran preocupación, entonces, fue la de que el IGSS localizara al realmente afectado para ponerlo al tanto y evitar una situación altamente peligrosa.

Desde hace varios años atrás, la mayoría de gobernantes —no obstante que el IGSS es una entidad autónoma— han tomado esa institución como un nicho para alojar a amigotes, a fin de que se harten y “compartan”, o para pagar favores, porque el saqueo no es de ahora ni es la forma más jugosa; desde hace unos 15 o 20 años el fraude está en los contratos de compras y abastecimientos.

Sería conveniente revisar los trabajos de quienes han sido jefe de servicios de actividades financieras, actuariales y estadísticas —si existe la plaza— porque el 80% de las deficiencias se originan por carencia o incompetencia en los servicios actuariales. Esos son los planos de ruta para conocer el crecimiento o decremento de la población afiliada en cuanto a enfermedad, incapacidad y retiro, por edad o muerte, o sea que determinan las cifras que, en todo aspecto, va requiriendo la institución, para ser permanentemente eficiente, ya que los servicios que se deben prestar no son gratuitos, sino prepagados por los afiliados y las cuotas patronales.

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