CON OTRA MIRADA

Sobre el ordenamiento del territorio

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La planificación urbana, según lo establece el Código Municipal, compete a las municipalidades. La excepción es La Antigua Guatemala, pues su Ley Protectora la define como un caso especial de conservación y otorga esa responsabilidad al Consejo Nacional para su Protección (CNPAG) en el inciso e) del artículo 5°: “Formular el Plan Regulador de La Antigua Guatemala y sus modificaciones eventuales, someterlos a la aprobación de la Corporación Municipal y proponer a ésta los proyectos de Ordenanzas para el cumplimiento de esta ley”. En su cumplimiento, el Concejo Municipal aprobó el Plan Regulador propuesto, el 7 agosto 1974, acta No. 34, acuerdo No.3.

Hasta hoy no se ha revisado, tampoco derogado, por lo que sigue vigente, aunque no se aplica. El consiguiente crecimiento desordenado, pero sobre todo la especulación en el valor y uso del suelo, dieron lugar a propuestas de actualización de esos estudios cuya definición ha variado con el tiempo: planes reguladores, de ordenamiento territorial y maestros. Algunos surgieron de la cooperación internacional (España 1994 y Canarias 2010), como de los vecinos, en 2001, cuando propusieron crear la Unidad Técnica de Desarrollo Municipal, donde se preparó el Esquema de Ordenamiento Territorial en el que participó la actual alcaldesa.

Pese a la necesidad de contar con esos instrumentos, los alcaldes los ignoraron, permitiendo el paulatino pero permanente deterioro de la ciudad, que en 1979 fue incluida en la lista de patrimonio mundial de Unesco, por su valor excepcional; valor ya perdido.

Mientras tanto, las fincas alrededor de la ciudad conservada ganaron plusvalía. La falta de ordenamiento no impidió el cambio de uso del suelo. Condominios sustituyeron cafetales, creando segregación urbana ante las aldeas existentes. Algunos propietarios se unieron para defender su territorio, asumiendo que una planificación pública les sería adversa. De ahí que una institución legal, aunque discutible, como Pronacom, actúe de mutuo propio, velando por los intereses de su más importante componente, los empresarios, en detrimento del Estado y la sociedad civil.

El caso del préstamo del BID (PL 25 de junio 2017) por US$1.5 millones, destinados a planes de ordenamiento de La Antigua Guatemala y los municipios protegidos por la ley, despierta dudas. Los planes no valen eso y se designa a una empresa española que, con los antecedentes de corrupción gubernamental, puede resultar un fiasco. Localmente hay profesionales calificados, con experiencia al haber participado en la formulación de instrumentos semejantes. Lo razonable sería estudiarlos y actualizarlos. El trabajo ya está hecho en un alto porcentaje. Sin embargo, todo parece indicar que el objetivo es hacerlos a la medida de los intereses de los finqueros, no para garantizar la conservación y desarrollo de La Antigua Guatemala.

La administración (CNPAG/Municipalidad) debe asumir su responsabilidad sobre el territorio bajo su jurisdicción y hacerlo junto a los actores en juego. Los propietarios de la tierra bien harán en preparar sus planes de manejo, y Pronacom no debe actuar con parcialidad, puesto que se trata de un préstamo que pagaremos los ciudadanos, por lo que habrá de ser usado para favorecer los intereses de la Nación, no de particulares.

Los pobladores organizados de La Antigua Guatemala, aglutinados en el Consejo Cívico de Vecinos, algunos con la calidad de Vigilantes del Patrimonio Cultural de la Nación que les otorga el artículo 59 de la Ley Protectora del Patrimonio Cultural de la Nación, solicitaron tener acceso al trabajo de Pronacom, institución a la que no podrá ignorarse, pero sí restringir su actuar.

jmmaganajuarez@gmail.com

ESCRITO POR:

José María Magaña

Arquitecto -USAC- / Conservador de Arquitectura -ICCROM-. Residente restauración Catedral Metropolitana y segundo Conservador de La Antigua Guatemala. Cofundador de la figura legal del Centro Histórico de Guatemala.

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