PANÓPTICA

Voto nulo

FRANCO MARTÍNEZ-MONT *

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Ha tomado un auge político y jurídico en la ciudadanía (sobre todo en la juventud combativa en contra de la corrupción sistémica, a favor de las reformas a la LEPP y de la renuncia de OPM), la discusión en torno al voto nulo en las elecciones 2015 (reprogramación o no realización si se dan triquiñuelas pactadas para no cambiar), y me parece oportuno reflexionar sobre un par de cuestiones.

Desde el derecho electoral, el voto nulo es una modalidad del abstencionismo activo voluntario. Es decir, el voto nulo puede darse por cuestiones técnicas-administrativas (de forma), por ejemplo: no marcar adecuadamente el voto en la papeleta. Pero, también puede darse por convicciones de carácter político (de fondo), esto significa que el elector se moviliza a las urnas y de manera consciente, democrática, racional y crítica vota nulo para deslegitimar el sistema político y electoral vigente, con la idea de manifestar su descontento y rechazo hacia la partidocracia franquiciada, una demostración de repugnancia e incredibilidad hacia los cleptócratas/mitómanos de la clase política y hacia las empresas partidarias patronales.

Y en este sentido, el ciudadano, no el “elector”, hace efectivo su derecho al sufragio, y pone en práctica su libertad de expresión política, pues el voto es universal, secreto, único, personal y no delegable. En esencia, es un derecho y un deber el no elegir a nadie.

En los comicios 2011, en primera y segunda vuelta para elecciones de Presidente y Vicepresidente el porcentaje de votos nulos fue de 7.2% (342,784 votos), una cantidad nada despreciable si el voto nulo tuviera incidencia jurídica y política en el país (la propuesta del TSE va en esta dirección).

Entramos en una discusión sobre la legalidad y legitimidad del voto nulo. En la primera, el artículo 237 de la LEPP relativo al escrutinio estable que “será nulo todo voto que no esté marcado claramente con una .X., un círculo u otro signo adecuado, cuando el signo abarque más de una planilla, a menos que esté clara la intención del voto, o cuando la papeleta contenga modificaciones, expresiones, signos o figuras ajenas al proceso…” En la segunda, la legitimidad no es más que la validación y correspondencia entre el sistema de valores/creencias de la ciudadanía con los representantes del poder soberano en el ejercicio del poder político en un Gobierno. La legitimidad es el reconocimiento social hacia la autoridad, es una aceptación de la relación mando-obediencia sin que el Estado recurra a la coacción.

No obstante, el voto nulo es un síntoma de que debemos transformar la LEPP (voto uninominal y listas abiertas), la Ley de Servicio Civil, la Ley de Telecomunicaciones y otras; además de impregnarle ética y meritocracia a la política, y fundamentalmente permitir que los movimientos sociales y los candidatos independientes participen electoralmente al mismo nivel que los partidos políticos, donde se busca en realidad tener una democracia de sujetos sociales, de ciudadanos, de colectivos alternativos y no una “democracia” de partidos, de mafias oligárquicas, de politiqueros draculescos y de carteles de la droga.

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