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Reglamento no incluye reforma profunda del Pacur
Por:
Martín Rodríguez P.
El reglamento que haría una “reforma profunda” del Pacur no discrimina a diputados para solicitar obras –controladas en el 2005 por los congresistas– y sólo establece que se registrarán los proyectos en un portal de Internet.
El documento, entregado por la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia (SCEP) a Prensa Libre, es el que establece las reformas al Programa de Apoyo Comunitario Urbano y Rural (Pacur).
Ese fondo, de Q200 millones en el 2005 y Q400 millones en el 2006, fue creado por diputados y la SCEP, dirigida por Eduardo González, para que los legisladores pudieran disponer de esos recursos para obras en sus comunidades, sin obligación de licitar.
En el reglamento se establece que los requisitos para las solicitudes obligan a que sean a través de un Consejo Comunitario de Desarrollo (Cocodes) o una organización local. Sin embargo, ese aspecto debía cumplirse desde el 2005.
Además, que todas las solicitudes deben ser publicadas en un portal de Internet que será creado para el Pacur.
Propuesta de reforma
Acción Ciudadana (AC) y la cooperación estadounidense (Usaid) hicieron una propuesta de reforma que incluye clasificar las solicitudes con prioridad para las que vengan de municipios de pobreza extrema y en obras de educación, salud e infraestructura.
Alejandro Urízar, de AC, aseguró que la SCEP había informado a su organización de que sí redactarían reglamentos en los que se incluirían las reformas propuestas.
Efraín Oliva, subsecretario ejecutivo, expresó que el reglamento incluirá una segunda parte con las sugerencias de AC.
Principales modificaciones
Esta es una comparación de las propuestas de cambios.
Acción Ciudadana propuso:
Crear una página en Internet para llevar un registro de todas las solicitudes.
Establecer un sistema de puntuaciones que privilegie las solicitudes comunitarias, de municipios pobres, para obras de educación, salud e infraestructura.
Restar puntos si un diputado lo solicita.
Establecer un consejo técnico para decidir obras.
La SCEP decidió:
No fija el sistema de puntuaciones, y sólo establece como requisito que lo soliciten los consejos comunitarios u organizaciones.
Sólo se hace referencia a un comité técnico, pero no se especifica.
Se quita a OIM del manejo de los fondos.
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