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Guatemala, miércoles 08 de noviembre de 2006

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Nacionales

Regulan trasplantes de órganos
Crearán Registro Nacional para coordinar intervenciones
Por: Gema Palencia

Foto de portada
Una institución gubernamental promoverá la donación de órganos y coordinará los procedimientos. (Foto PL).

Periodismo comunitario

El Gobierno publicó ayer en el diario oficial el reglamento que establece los requisitos y procedimientos para efectuar trasplantes de órganos de donantes vivos y muertos, lo que abre la esperanza para cientos de pacientes que están a la espera de recibir un riñón.

El reglamento da luz verde para que se comiencen a hacer trasplantes de donantes fallecidos en los hospitales públicos, ya que hasta ahora la mayoría era de riñón de donadores vivos. Esto ya lo establecía la Ley para la Disposición de Órganos y Tejidos Humanos, aprobada en 1996, pero faltaba la regulación específica.

Rudolf García-Gallont, nefrólogo del Hospital San Juan de Dios, expresó que es un avance porque ya cuentan con la base legal y se establece la creación del Registro Nacional de Trasplantes.

Esa institución controlará la lista de pacientes en espera y los criterios para definir a los receptores prioritarios, e inspeccionará las intervenciones que se efectúen en centros públicos o privados.

Necesidad de donadores

García-Gallont insistió en la importancia de que las autoridades de Salud agilicen la puesta en marcha del Registro, pero insistió en que el éxito de este proyecto radica en que las personas acepten donar sus órganos.

Los posibles donadores son pacientes que han sufrido muerte cerebral o paro cardiorrespiratorio. A partir de ahora los hospitales tienen la obligación de reportar todos los casos de muerte cerebral al Registro Nacional de Trasplantes, para que se pueda identificar a los donadores.

El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social inició el mes pasado su programa, y a finales de noviembre en el Hospital San Juan de Dios será inaugurada una nueva unidad para trasplantes.

Donación de órganos

Es un acto voluntario y gratuito.

Se exige autorización previa del donante o consentimiento de los familiares.

No puede haber ningún tipo de pago.

Un cuerpo no identificado se convierte automáticamente en donante 72 horas después de que se produzca la muerte cerebral.

El Registro Nacional de Trasplantes establecerá la lista de receptores, según criterios médicos.

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