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Cámara de Amparaos expone motivos de resolución
Por:
Coralia Orantes
Los integrantes de la Cámara de Amparos explicaron que no otorgaron el amparo provisional a Banco del Café, S.A. (Bancafé), pues las circunstancias no lo ameritaban.
La Cámara utilizó como argumento que no se llenaban los preceptos del artículo 28 de la Ley de Amparo, que establece que procede si hay peligro de privación de la vida o causare un daño grave e irreparable, entre otros.
Jorge Cabrera, presidente de esa instancia, informó que ahora procede continuar con el trámite para ver si se confirma o no lo resuelto el domingo último.
“Se fija vista por un plazo de 48 horas para que se pronuncien Bancafé, la Junta Monetaria (JM) el Ministerio Público (MP) y, como terceros interesados, también se da ese plazo a la Junta de Exclusión, la Procuraduría General de la Nación y la Superintendencia de Bancos”, expresó Cabrera.
Al efectuar una primera revisión, los magistrados no encontraron anomalías en el actuar de la JM, que decidió suspender las actividades de Bancafé.
Ahora entrarán a analizar si procede el amparo en el caso de los cuentahabientes que invirtieron en Bancafe International Bank.
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