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HORIZONTES Juntas receptoras de votos
No es lo mismo utilizar el censo poblacional que el padrón electoral.
Por:
Francisco Beltranena
De a poco en poco, casi con cuentagotas, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha ido dibujando la película de lo que serán las elecciones generales del 9 de septiembre con base en la modificaciones que el Congreso de la República hiciera a la Ley Electoral y de Partidos Políticos.
Entre las modificaciones, una que no tengo la menor duda está llena de buenas intenciones es la del voto domiciliar, voto que podrán efectuar todos aquellos ciudadanos que, habiendo sido empadronados, actualizaron sus datos domiciliares, aunque no necesariamente cambiaron de vecindad.
De acuerdo con las informaciones que con cuentagotas han salido del TSE, habrá un total de 13 mil 756 juntas receptoras de votos, distribuidas en dos mil 60 centros de votación a lo largo y ancho del territorio nacional, 39 por ciento más que en las elecciones del año 2003. De esos centros de votación, 67 por ciento (mil 386) estarán ubicados en áreas rurales, dato que haría pensar a cualquiera que el peso rural sería mucho más alto que el peso urbano en estas elecciones.
Sin embargo, ese dato podría no estar reflejando con exactitud una conclusión a priori basada en la dispersión de los centros de votación, ya que de las 13 mil 756 juntas receptoras de votos que serán habilitadas, solamente tres mil 477 estarán ubicadas en el área rural, lo que representa 25 por ciento.
Este dato lo que refleja es que, si bien habrá más centros de votación en las áreas rurales, el número de mesas que se ubicarán en cada uno será mucho menor que las que estarán ubicadas en los centros urbanos.
Si uno se guía por el censo nacional, encuentra que la mayor cantidad de población reside en el las áreas rurales, pero también uno puede encontrar que el número de habitantes menores de edad vive allí.
Por otro lado, el concepto de ruralidad debería haber cambiado muchísimo en los últimos ocho años, debido al crecimiento poblacional de las otrora exclusivas áreas urbanas. Basta con echar un vistazo al departamento de Guatemala y los municipios de Santa Catarina Pinula, Fraijanes y San José Pinula para darse una idea; o simplemente, pensar que Pradera Concepción es un centro comercial rural por su ubicación.
La importancia de esta discusión radica en que, para fines de medición pública, no es lo mismo utilizar el censo poblacional que el padrón electoral. Digo esto, debido a que por las restricciones impuestas por el TSE, hasta el día de hoy será posible conocerlo, mientras que las encuestas de opinión tienen largos siete meses de venir midiéndola sobre una base de mayor ruralidad que de urbanidad, un grave problema a la hora de evaluar sus resultados y efectuar eventuales pronósticos que se puedan acercar con relativa exactitud a los resultados electorales, algo que podría restarle credibilidad al proceso, circunstancia nada deseable para el devenir de nuestra democracia.
¡Hasta la próxima!
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