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Guatemala, jueves 07 de junio de 2007

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Corte anula privilegios a canales de TV mexicana
Ley: Medida de magistrados afecta a duopolio formado por Televisa y TV Azteca

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Ex senadores mexicanos que estuvieron involucrados en la aprobación de la ley de medios de comunicación.

México - La Suprema Corte mexicana declaró el pasado martes inconstitucionales algunos artículos de la ley de medios aprobada el año pasado en plena campaña electoral, los cuales habían sido criticados por favorecer al duopolio televisivo formado por Televisa y TV Azteca.

Esta instancia declaró inconstitucional la parte que permitía a las televisoras con concesiones prestar servicios de telecomunicaciones sin necesidad de licitación o subasta y la que establece la subasta pública como medio para otorgar nuevas licencias de radiodifusión.

La misma suerte corrió el apartado que establecía que dichas concesiones serían por un período de 20 años.

Respecto del primer punto, los nueve magistrados que participaron en la discusión consideraron que el permiso de prestar servicios de telecomunicaciones a las empresas concesionarias de un canal de televisión con sólo hacer una solicitud “afecta la libre concurrencia”, explicó la jueza Margarita Beatriz Luna.

“Se le está otorgando (...) a los concesionarios, con una simple autorización, la posibilidad de prestar servicios de telecomunicación, que a otras personas se les podrían otorgar, pero a través de una licitación y también de la concesión correspondiente”, precisó.

Este era el artículo más controvertido de la ley, que según declararon recientemente algunos de los legisladores que participaron en su tramitación parlamentaria, fue aprobada bajo la presión del clima electoral en México y empujaba a los partidos políticos a buscar el favor de las televisoras.

La Corte también anuló el recurso a la subasta pública para nuevas concesiones de televisión porque de este modo “se le está dando prevalencia a un criterio de carácter económico, en vez de darle prioridad al análisis de los contenidos de los programas y de la finalidad de éstos”, dijo Luna.

Artículos: Empresas fuertes se favorecían

Según los miembros de la Suprema Corte de México, los artículos de la nueva ley son inconstitucionales y favorecen a grandes grupos con poder económico.

“El que se privilegie el elemento económico para el otorgamiento de las concesiones favorece el acaparamiento de los medios de comunicación masiva en grupos económicamente poderosos, impidiendo la participación plural y el ingreso de nuevos agentes o entidades en el ramo”, refirió el magistrado Salvador Aguirre.

Los magistrados expresaron que los artículos impugnados afectaban las garantías de igualdad, libre concurrencia, libertad de expresión, derecho a la información, acceso equitativo a los medios de comunicación y prohibición de monopolios. - AP-AFP.

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