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Guatemala, 25 de abril de 2008

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Ley de extradición no es retroactiva 

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“Es positiva” 

El magistrado Luis Fernández calificó de positiva la ley de extradiciones, porque agilizará los trámites.

Añadió: “Esa ley garantizará el derecho de defensa de los extraditables. Además, hacía falta un procedimiento que agilizara las solicitudes de los países que reclamen a un reo”.

Afirmó que esa norma fue promovida por la Corte Suprema de Justicia, por la falta de regulación de las extradiciones.

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Por o. lópez y c. orantes

La Ley Reguladora del Procedimiento de Extradición no es retroactiva, por lo que los procesos ya iniciados en los tribunales continuarán con el trámite respectivo, aseveró Luis Fernández, magistrado de la Corte Suprema de Justicia.

Agregó que eso significa que los más de 15 procesos que conocen los tribunales Tercero y Quinto de Sentencia continuarán el trámite normal.

En esas judicaturas hay peticiones de Estados Unidos, México y El Salvador, que reclaman principalmente a narcotraficantes.

El miércoles último, el Congreso aprobó la nueva ley, que fue promovida por la CSJ en el 2007.

La norma fija plazos y requisitos concretos, para agilizar las solicitudes de extradición al país por el que sea reclamado un reo.

“Con esa ley, un proceso se culminará en siete meses, y antes tardaba hasta tres años”, explicó Fernández.

Otra de las ventajas de la ley es que las resoluciones de los tribunales se darán a conocer a más tardar al día siguiente de haber sido dictadas.

La resolución del tribunal podrá ser apelada por la parte agraviada, en plazo de tres días hábiles; si se excede, la resolución quedará en firme.

Con la aprobación de la nueva ley, se le retiró al presidente de la República la potestad de autorizar la extradición, que era el último paso para completar el trámite legal.

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