Guatemala, 30 de abril de 2008
Por Ana Lucía Blas
Las vacantes en el Organismo Judicial (OJ) deberán ser notificadas al Congreso en los 10 días siguientes a la fecha en que se produzcan, debido a una reforma a la Ley de la Carrera Judicial aprobada ayer.
Esa norma establece la jubilación obligatoria para los magistrados cuando cumplan 75 años de edad. A partir de ese momento, el cargo queda vacante. Sin embargo, “por no existir un plazo para que se notifique al Legislativo —para que designe a un sustituto—, algunos se aprovechan y omiten hacerlo, para poder permanecer allí cuanto les dé la gana”, explicó el diputado Gudy Rivera, del Partido Patriota, quien promovió aquella enmienda.
Ese es el caso de Rodolfo De León Molina, quien ya tiene 76 años, pero se niega a jubilarse. Él pidió a la Corte de Constitucionalidad que declare inconstitucional el artículo 30 de la Ley de la Carrera Judicial, el cual lo obliga a retirarse.
“No podemos permitir que quienes deben aplicar la ley y garantizar la justicia sean los primeros en burlarse de ella”, expresó Rivera.
Ahora, el Consejo de la Carrera Judicial deberá dar el aviso durante los 10 días siguientes a que se produzca la vacante, por aquella o por cualquier otra causa fijada en la ley, para que el Congreso nombre al sustituto.
“No importa que la ley no sea retroactiva. Hay un magistrado que ya sobrepasó la edad permitida para serlo, y se debe notificar de inmediato”, aseveró el congresista.
Las vacantes también se pueden producir por jubilación voluntaria —a los 50 años—, por destitución, al finalizar el período para el que se fue electo o por renuncia, entre otros.
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