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Guatemala, 1 de diciembre de 2008

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Es innecesario crear nueva figura 

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José Luis González Dubón, abogado.

Por Olga López

Más que crear una nueva figura o delito para castigar a los extorsionistas, lo que se necesita es que los jueces interpreten las leyes que ya existen para aplicar penas severas, opinó el abogado José Luis González Dubón.

¿Es necesario que se cree una nueva figura para castigar la extorsión?

No, porque éste se tipifica en los delitos de extorsión y chantaje, del Código Penal, mientras que las figuras de exacciones intimidatorias u obstrucción extorsiva de tránsito están en la Ley contra la Delincuencia Organizada.

Pero algunos jueces no condenan por estos delitos, sino que optan por los de coacción o amenazas.

Algunos jueces condenan por otros delitos cuando no saben interpretar las leyes o los delitos como extorsión.

¿Considera válido que un juez condene basado en las declaraciones de los afectados?

Sí, si el contexto de la declaración del testigo es creíble, lógica y cronológicamente. Sin embargo, el Ministerio Público también es responsable y debe mejorar las pesquisas para aportar las pruebas que permitan condenar a las personas por los delitos que motivaron la acusación, y que impugne si considera que un fallo adverso no está sustentado.

Pero en algunos casos los jueces no valoran los testimonios e imponen penas mínimas.

Los jueces están acostumbrados a aplicar el derecho de manera mecánica, y no se atreven a condenar con base en las presunciones legales y humanas que se pueden deducir de un solo medio de prueba.

¿A qué se debe eso?

Primero, por la formación procesal que tienen algunos jueces. En otros casos, éstos no quieren asumir la responsabilidad al emitir una condena severa, ya sea por temor, negligencia o cohecho (soborno).

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