Guatemala, 1 de junio de 2008

TIEMPO Y DESTINOLa reducción del CongresoLuis Morales Chúa

SENTIDO COMÚN¿Qué pasó con las adopciones?Manuel F. Ayau Cordón

ESCENARIO DE VIDARespondiendo al cambio climáticoVida Amor de Paz

COLABORACIÓN¿De qué lado está usted?Alejandro Sinibaldi

COLABORACIÓNUna medida que debe analizarseTomás Rosada

LA BUENA NOTICIA Sociedad y religiónMario Alberto Molina
EDITORIAL
La actual oportunidad de dotar a la sociedad de una ley de acceso a la información eficiente y visionaria debe ser aprovechada para no dejar ningún vacío susceptible de ser utilizado en el futuro para burlar su propósito y sus ámbitos de aplicación, en especial en un país como Guatemala, en donde antes de la vigencia de una norma, ya se comienza a urdir la forma de evadirla.
Son encomiables las aportaciones provenientes de distintos sectores para enriquecer la propuesta en debate, tales como la eliminación del derecho de antejuicio para funcionarios que restrinjan el acceso a la información o la imposición de multas elevadas y penas de cárcel para quienes retengan u oculten datos que, por su naturaleza, deben ser del conocimiento ciudadano.
Sin embargo, esas y otras normas para desarrollar aquel derecho humano básico consagrado en cinco artículos de la Constitución de la República pueden terminar en letra muerta, si no se toman ahora las previsiones necesarias para garantizar la fiscalización de su cumplimiento y, con ello, la coactividad y coercitividad que exijan su acatamiento a quienes queden obligados a ello por las circunstancias de sus funciones públicas.
Entre los tres caracteres del Derecho, la coercitividad es fundamental, porque asegura al Estado y a la sociedad la posibilidad de que la ley sea exigible. Ciertamente, la principal iniciativa sobre el tema, en poder del Congreso, prevé la posibilidad de acudir a los tribunales para demandar el cumplimiento de la disposición, pero esa opción se complicaría sin el auxilio de un órgano obligado a velar por la protección y tutela de aquel logro.
El derecho a la información es un imperativo ético tan importante como el respeto a la vida, la libertad o la dignidad, y por lo tanto se debe prever que tras la positividad que le dará la norma en proceso de aprobación, adquiera también obligatoriedad y coercitividad, con el propósito de asegurar su eficiencia como garantía individual.
La Procuraduría de los Derechos Humanos podría ser una opción para aquel requerimiento, aunque debe asegurarse que, a diferencia de lo que sucede ahora con sus resoluciones, que solo tienen valor moral, que sus actuaciones en materia de acceso a la información sean vinculantes y trasciendan al ámbito coercitivo.
Junto a aquel necesario control sobre el interés social también se debe revisar con meticulosidad lo relacionado con el hábeas data, para determinar la forma en que habrá de manejarse la inmensa cantidad de información personal —y hasta íntima— de los ciudadanos que está en poder de numerosas instancias privadas, y acerca de cuyo uso no solo se ignoran las regulaciones existentes actualmente en la Constitución y otras leyes ordinarias, sino que se emplean para mancillar la honra y restringir derechos en diversos campos, como los laborales, comerciales y financieros.
Como sugerimos en un editorial anterior, es importante abrir la iniciativa a la reflexión pública y al aporte de expertos de otros países, con el fin de asegurar la emisión de una ley que se constituya en soporte real de la vida en democracia.
“Si se le explica a la población que la energía sirve para más cosas que la luz, que les da la oportunidad de tener una refrigeradora o equipo de carpintería eléctrico, verán que contribuye enormemente al desarrollo”.CARLOS COLOM,Presidente de la Comisión Nacional de Energía Eléctrica (CNEE).
“Presentamos una propuesta de cambio a la Ley de Protección Integral de Niñez y Adolescencia, para que en cuanto (los menores delincuentes) cumplan los 18 años sean trasladados de inmediato del correccional a una cárcel, para evitar problemas”.ÓSCAR LÓPEZ,Subsecretario de Bienestar Social.
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