Guatemala, 18 de mayo de 2008

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LA BUENA NOTICIA Amó a los pobresVíctor M. Ruano P.

TIEMPO Y DESTINOLuis Morales ChúaEspaña contra censura previa
El jueves, una jueza de España declaró sin lugar la demanda contra 32 empresas periodísticas españolas, planteada por Telma Ortiz —hermana de la Princesa de Asturias— y su novio, Enrique Martín Llop, quienes no desean ser fotografiados, sin su anuencia, en lugares públicos, porque eso viola, dicen, su derecho a la intimidad y a la privacidad.
La princesa es Leticia Ortiz Rocasolano, futura reina de España, quien tiene un distinguido y extenso historial como periodista, carrera a la que puso fin en el 2004, antes de contraer matrimonio con Felipe Juan Pablo Alfonso de Todos los Santos de Borbón y Grecia, Príncipe de Asturias, único descendiente varón entre los hijos de los actuales reyes de España y, por lo mismo, próximo monarca.
La resolución judicial es importante, porque puede irradiar sus efectos a países donde el derecho a la libertad de expresión e información todavía tiene limitaciones. Guatemala es uno de ellos. Con la diferencia de que, aquí, en lugar de demandar a los periodistas, los mandan a matar, como ocurrió hace pocos días con Jorge Mérida, corresponsal de Prensa Libre, en Coatepeque, sin que las autoridades tengan idea de quién es el asesino ni de los motivos que lo impulsaron, aunque cierto es que el Ministerio Público ha manifestado interés en aclarar el crimen. Y debemos esperar que lo haga en un tiempo prudencial.
Volviendo a la demanda contra medios de comunicación españoles, se atribuye a Jorge Garrido, abogado de los demandantes, haber dicho que las medidas cautelares solicitadas —prohibición de captar, publicar, distribuir, difundir, emitir o reproducir imágenes o fotografías de los novios, con excepción de las que les tomen en ceremonias oficiales o actos de carácter protocolario— son para defenderse del insoportable acoso de la prensa rosa, dedicada en España y otros países a temas del corazón; periodismo que se ha popularizado mucho y tiene un éxito fenomenal, al punto de haber llegado a constituir parte medular de algunos medios de comunicación escritos y televisados. Sus personajes preferidos son actrices, actores, modelos, cantantes, deportistas, miembros de la realeza, presentadores de televisión y, en fin, los famosos. Pero, la hermana de la princesa y su novio sostienen que no son ni les interesa ser famosos. Únicamente quieren conservar su derecho a no ser perturbados por fotógrafos y entrevistadores, que los persiguen 24 horas al día (lo cual parece exageración, salvo que esos novios nunca duerman). En cambio, los 25 abogados defensores de los medios de comunicación tienen una opinión distinta: las medidas cautelares solicitadas en protección del honor, la intimidad y la imagen tendrían efecto “a futuro”, por lo que implican censura previa, prohibida por el artículo 20 de la Constitución española. La jueza tampoco admite el argumento según el cual Ortiz y su novio no son personas públicas, y sostiene que eso es “jurídicamente inviable”, ya que los demandantes sí son personas con proyección pública. “Se interesa la condición de particular sin proyección pública —afirma la jueza— cuando a renglón seguido se admite y reconoce que Ortiz y su novio participan de hechos y actos que sí la tienen”. Por lo tanto, declara improcedente la demanda, y condena a los demandantes al pago de 42 mil euros en concepto de costas judiciales. Conclusión: si Ortiz y su novio no eran famosos antes de presentar su demanda, ahora lo son en todo el mundo, por el parentesco de ella con la futura reina de España, el fallido intento de acallar a 32 medios de comunicación y los miles de noticias y comentarios difundidos sin límites. Pero, más importante que eso es el criterio judicial de que las personas públicas no deben evadir a los periodistas so pretexto del derecho a la intimidad y a la privacidad.
Sin embargo, no todo está dicho, pues nunca se sabe lo que sucederá si hay apelación.
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