Guatemala, 21 de noviembre de 2008
A partir de hoy entró en vigor en Guatemala el delito de pánico financiero orientado a evitar la divulgación de rumores contra instituciones financieras reguladas.
Con su publicación en el Diario de Centroamérica, se establece que: “Comete —el delito de— pánico financiero quien elabore, divulgue o reproduzca por cualquier medio o sistema de comunicación, información falsa o inexacta que menoscabe la confianza de los clientes, usuarios, depositantes o inversionistas de una institución sujeta a la vigilancia e inspección de la Superintendencia de Bancos”.
La normativa estipula una pena de uno a tres años de prisión a quien cometa este delito, así como una multa de entre Q5 mil y Q50 mil.
Si es un accionista, director, administrador, gerente, representante, funcionario o empleado de la institución bancaria quien promueve la difamación, serán aumentadas las penas en una tercera parte.
La norma fue aprobada por el Congreso, el pasado 21 de octubre.
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