Guatemala, 7 de septiembre de 2008
La directora del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), Miriam Ovalle de Monroy, explicó que el laboratorio para practicar las pruebas de ADN (ácido desoxirribonucléico) estará listo para finales de año.
Esta entidad está en el proceso de licitación para comprar los insumos necesarios para equipar ese laboratorio.
De Monroy espera que en diciembre de este año se pueda inaugurar el laboratorio, a fin de que se practiquen los análisis de ADN que sean requeridos por los jueces de Familia.
Actualmente, el Inacif envía la orden para ese tipo de pruebas a la Universidad de Granada, España, y pueden tardar en regresar al país de un mes a un año.
La funcionaria agregó que eso dependerá del tipo de análisis que se requiere. Por ejemplo, las pruebas de ADN se practican para determinar quién cometió una violación, identificar a una persona o establecer una paternidad. Ésta última es la menos difícil.
Por Olga López Ovando
Pese a que Colom firmó la ley contra la paternidad irresponsable, comprobar quién es el padre de una criatura no será cosa fácil. Para lograrlo, las madres deberán iniciar una demanda en los tribunales, cuya resolución puede durar de dos a cuatro años.
A ello hay que sumar los gastos en que las mujeres deben incurrir para que sus hijos sean reconocidos y así exigir una pensión alimenticia, como es el pago de un abogado.
La reforma al Código Civil (39-2008) establece que se compruebe, por medio de pruebas de ADN (ácido desoxirribonucléico), la paternidad y se demande el cumplimiento de una pensión.
La prueba de paternidad debe ser ordenada por un juez de Familia a cualquier institución pública o privada del país o extranjera.
Esto representa otro contratiempo para la demandante, pues para que la prueba sea gratuita, debe hacerse en el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), que aún no cuenta con un laboratorio para este tipo de exámenes.
El laboratorio de la Universidad Mariano Gálvez sí brinda ese servicio, pero su costo oscila en Q3 mil 500.
Agrupaciones que velan por los derechos de la mujer opinan que, si se quiere apoyar a la familia, el Estado debe absorber esos gastos, para que el costo del examen no sea una excusa para los hombres que se deban someter a esa prueba científica.
“El Gobierno debe costear estos análisis, porque los hombres se pueden valer de esa excusa para que no los obliguen a practicarse la prueba”, expresó la abogada y activista Hilda Morales.
La normativa también contempla que si un hombre se niega a someterse a la prueba de ADN, se asumirá que es el padre del niño, y el juez ordenará el pago de una pensión que puede oscilar entre Q500 y Q5 mil.
El camino legal para comprobar la paternidad es largo, y puede resultar oneroso para las madres que buscan que sus hijos sean reconocidos legalmente y que el padre las apoye en la educación y alimentación.
Morales explicó que para que una madre pueda hacer uso de ese derecho, debe iniciar un juicio ordinario, el cual puede durar de dos a cuatro años.
“Muchas mujeres creen que con el hecho de que los hombres se sometan a esta prueba lograrán, de manera ágil, que cumpla con sus obligaciones, pero la realidad es que deben presentar una demanda para lograrlo”, explicó Morales.
A criterio de Morales, lo que el Congreso tenía que modificar era el procedimiento para la agilización de este tipo de juicios.
Incluso, dijo que era más tardado un juicio ordinario por paternidad que uno por reclamo de pensión alimenticia.
“La diferencia es que en un juicio por paternidad todas las diligencias se hacen por escrito, mientras que en el segundo son orales”,
Estas diligencias deben efectuarse por iniciativa de las madres, quienes tienen que contratar a un abogado, para que el proceso avance.
Después de que se comprueba la paternidad a través de este tipo de juicio, entonces la madre puede pensar en iniciar otro por pensión alimenticia. “Entonces, para que una madre pueda reclamar una pensión alimenticia después de que se compruebe la paternidad será en un promedio de cinco años”, resume Morales.
Uno de los problemas que han detectado los jueces de Familia es la tardanza en que puede incurrir la emisión de las pruebas de ADN, para que sean presentadas en el período de prueba de 30 días que se fijan en este tipo de procesos.
“Como el Inacif no cuenta con la infraestructura ni insumos, los exámenes de ADN deberán requerirse a otros países, y el tiempo de envío puede sobrepasar el período de la incorporación de esta prueba”, explicó Guillermo Melgar, vocero del Organismo Judicial.
Melgar afirma que este tipo de pruebas no es nada nuevo, porque ya estaban contempladas en el Código Civil, pero que la diferencia radica en que antes era criterio del juez solicitarlas a los padres.
Pese a estos inconvenientes, las agrupaciones Red de la No Violencia contra la Mujer y Asociación Política de Mujeres Mayas instaron a las féminas a luchar por sus derechos, para que en el futuro haya menos niños y niñas sin ser reconocidos y que los padres se hagan responsables de sus actos.
“Es un avance para los derechos de las mujeres, así como de hijos e hijas; sin embargo, requiere de mucha responsabilidad y conciencia por parte de los jueces al momento de conocer estos casos”, expresó Eluvia Ordóñez, integrante de la agrupación maya.
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