Semanario de Prensa Libre • No. 245 • 15 de Marzo de 2009

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Punto final

Espionaje telefónico

Existen grandes diferencias entre espionaje e interferencia telefónica.

POR ricardo trotti

Varios casos de espionaje telefónico contra jueces, políticos y periodistas alcanzaron el nivel de escándalo recientemente en América Latina, y su publicación en la Prensa hizo que los gobiernos tomaran medidas correctivas contra sus servicios de inteligencia.

En Colombia fue despedido el jefe de inteligencia junto con sus subalternos; en México, el ministro de Comunicaciones debió renunciar; en Argentina, la justicia trató de cortar el abuso del Estado al declarar inconstitucional una ley que permitía espiar; y en Perú, un atentado contra la fiscal nacional recordó que el año pasado el gobierno reemplazó a varios ministros en medio de una extensa investigación por sobornos por parte de una petrolera extranjera.

Como suele suceder, el que lleva los casos de corrupción a la atención pública termina acusado y en el centro de la polémica. Varios funcionarios afectados reclamaron que los medios de comunicación no deberían divulgar el contenido de las escuchas telefónicas ilícitas, ya que si bien espiar quebranta la ley, su reproducción aumenta y propaga el delito. De acusaciones similares tuvo que defenderse la revista Semana, de Colombia, que denunció al Departamento Administrativo de Seguridad de espionaje telefónico selectivo y sistemático contra magistrados, políticos y directores de medios.

En estas controversias, es necesario comprender la diferencia entre espionaje e interferencia telefónica. Mientras en la primera práctica el Estado abusa al violar los derechos de privacidad, libre asociación y expresión, que debe proteger; en la segunda suele estar amparado por leyes que le permiten, bajo orden judicial, interferir llamadas entre personas que estarían en evidencia de cometer delitos, como en casos de narcotráfico o terrorismo.

En México, la reproducción en el programa de Carmen Arizmendi, de un mensaje dejado en un celular donde se señala como ladrón a un ex mandatario, precipitó la salida del ministro de Comunicaciones del gobierno del presidente Felipe Calderón.
Sucedió algo parecido en Perú. No fueron las grabaciones clandestinas, conocidas como el caso de los petrocasetes, por las que Alan García tuvo que purgar su Gabinete, sino el hecho de que fueran divulgadas por el programa televisivo Cuarto Poder, después de que llegaran en forma anónima a los medios. Este caso recordó aquellos infames videos de Montesinos, que precipitaron la caída de un régimen, gracias a que también fueron divulgados por los medios, comprendiéndose así el alcance del abuso gubernamental para extorsionar y corromper.

En Brasil, la revista Veja publicó el año pasado grabaciones ilícitas entre políticos y miembros del Supremo Tribunal Federal, que le habría proporcionado la Agencia Brasileña de Inteligencia, y hace unos años, la Red Globo, tras reproducir escuchas clandestinas, logró que se desbarate el espionaje estatal contra asociaciones del
Movimiento de los Sin Tierra.

El ajuste de cuentas no se hizo esperar. En castigo, los políticos brasileños, al no saber cómo manejar el escándalo, prefirieron atacar a los mensajeros, por lo que promovieron en el 2008 promovieron una ley que castiga con cárcel a los responsables de medios y periodistas por divulgar información obtenida en forma ilícita sin la autorización de un juez.

Leyes así desnaturalizan el derecho a saber y la misión de la Prensa, cuyo principio básico es difundir asuntos —aun si provienen de fuentes no identificadas— que estén justificados por el interés público, el bien común y la máxima rigurosidad por la verdad. Distinto sería si fueran los medios los que utilizaran métodos ilegales o en disputa con su ética, como el uso de cámaras ocultas o pagar para obtener información. Pero divulgar hechos corruptos es la savia y la obligación del periodismo, por lo que a veces hasta se deben desafiar las leyes para cumplir con la misión. El New York Times, en la década de 1970, divulgó los documentos secretos del Pentágono, para argumentar su obligación y derecho a publicar, a pesar de que estaba prohibido por ley.

La libertad de divulgar hechos corruptos acarrea por lo general el pataleo inicial de los afectados y la desconfianza sobre los medios y periodistas. Sin embargo, cuando las aguas se calman, esa libertad origina la posibilidad de que se corrijan conductas corruptas, por lo que preservarla es esencial al derecho a saber de la sociedad y saludable para la democracia.

info@ricardotrotti.com

   

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