Prensa Libre - Edición Electrónica

Guatemala, 15 de agosto de 2008

Tipo de cambio

US$1.00 | Q7.39

Búsqueda

  

Archivo digital

Suplementos
Anuncio
Publicidad
Economía

Termómetro Fiscal: ISO 2009 y reformas fiscales 

Más Noticias



Especiales

Baches
Rumbo al Polo Norte
Mapas de Guatemala
Publicidad

Por Óscar chile monroy

Opinión

Se ha anunciado la prórroga del Ietaap con el nombre de Impuesto de Solidaridad (ISO), y la presentación al Legislativo del proyecto de Disposiciones Complementarias para la Modernización del Sistema Tributario.

En esta semana, el Ejecutivo entregó al Congreso el paquete de reformas fiscales que contiene seis reformas tributarias, como la creación de un impuesto específico a la primera matrícula de vehículos, disposiciones aplicables al sistema aduanero nacional, reformas a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), modificaciones a la ley del Fortalecimiento de la Administración Tributaria, conocida como Ley Antievasión, reformas a la ley del Impuesto a la Circulación de Vehículos y reformas al Código Tributario. Se prevé que entren en vigor a partir de enero del 2009.

También el Gobierno ha anunciado que esta fue la primera etapa de la entrega, sigue otra que será la presentación del proyecto del llamado Impuesto de Solidaridad, que sustituirá el Ietaap.

Obviamente, la entrada en vigor del impuesto extraordinario será a partir de enero del próximo año, y cuya vigencia será de forma indefinida mientras se aprueban las reformas o la emisión de una nueva ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

La etapa final, se llevará a cabo en diciembre de este año o enero del 2009, con la presentación del proyecto de la nueva ley del ISR, este último para que entre en vigor a partir del 2010.

No obstante, la ley del Ietaap adolece de visos de inconstitucionalidad y, además de un agravante, que restringe el plazo a tres años para su acreditamiento al ISR, de lo contrario —dice la ley—, el saldo será considerado gasto, situación que vulnera la capacidad contributiva del contribuyente.

Otro de los problemas que causa el Ietaap es la aplicación de la exención de dicho impuesto para las empresas que operan en los regímenes de Zonas Francas, decreto 65-89 y el decreto 29-89, Ley de Fomento a las Exportaciones.

En aquellos casos en que se efectúan exportaciones y ventas locales, la autoridad tributaria exige que el impuesto se pague en forma proporcional a las ventas locales, situación que no está establecida así en la ley, y eso ocasiona incertidumbre en el sector de los exportadores, ya que por ley, cuando tienen la calificación bajo cualquiera de esas dos leyes, están exentas de pagar el Ietaap.

Además de que el impuesto extraordinario es injusto, porque vulnera la capacidad financiera de las empresas, la falta de su aplicación en forma objetiva hace crear mucha incertidumbre y, consecuentemente, se vulnera aún más la certeza jurídica tributaria.

Temas, noticias, conferencias y calendario tributario, visite:

Portada | Nacionales | Departamentales | Económicas | Opinión | Deportes | Cultura | Buena Vida | Espectáculos

© Copyright 2008 Prensa Libre. Derechos Reservados.
Se prohibe la reproducción total o parcial de este sitio web sin autorización de Prensa Libre.

Políticas de Privacidad | Contactos | Sus comentarios sobre el sitio