Guatemala

Transportistas tienen seis meses para colocar limitador de velocidad en sus vehículos, pues de lo contrario serán sancionados

El CIV publicó este lunes 6 de abril en el Diario de Centroamérica el acuerdo gubernativo 30-2019, en el que se establece el reglamento de la Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial, la cual ordena que los transportistas de buses y vehículos de carga deben colocar un dispositivo a los vehículos para evitar que sean conducidos a más de 80 km por hora.

La Policía Nacional Civil, podrá verificar que los buses tengan en funcionamiento el dispositivo para regular la velocidad.(Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La Policía Nacional Civil, podrá verificar que los buses tengan en funcionamiento el dispositivo para regular la velocidad.(Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

En dicho reglamento, que entra en vigor dentro de seis meses, se indica que se tiene como objetivo desarrollar acciones para “regular la velocidad de circulación de todo tipo de transporte colectivo de pasajeros y de carga por carretera con la finalidad de reducir considerablemente los hechos de tránsito”.

Para instalar un sistema limitador de velocidad se deben cumplir con varios requisitos, como llenar un formulario que entregará la Dirección General de Protección Vial (Provial), y presentar los documentos que demuestren la legalidad de los vehículos.

También se debe acreditar una “certificación de garantía del fabricante del sistema limitador de velocidad  y un diagrama de funcionamiento e instalación del sistema que tenga las características  y especificaciones técnicas”.

Verificación

El reglamento establece que Provial será la entidad que mediante una cita programada verificará la instalación de los limitadores de velocidad, posteriormente será la Policía Nacional Civil, Dirección General de Transporte y Provial, quienes podrán efectuar los operativos en carretera para verificar que los vehículos del transporte colectivo tengan en funcionamiento el mecanismo.

De no cumplirse con lo establecido, según el reglamento del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CVI), se suspenderá el servicio del automotor por seis meses y se emitirá una multa equivalente de cinco a 10 salarios mínimos.

Si reincide en la falta, se suspenderá por cinco años la tarjeta de operación autorizada del autobús o transporte de carga.

Los vehículos del transporte de carga no podrán circular a más de 80 kilómetros por hora.(Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La nueva Ley establece las siguientes regulaciones:

  • Los autobuses no podrán circular a más de 80 km/h, controlados a partir de modificaciones en la bomba de inyección.
  • Las unidades deberán hacer revisiones cada seis meses ante la autoridad competente: Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil (PNC), Dirección de Protección Vial (Provial) y las policías municipales de Tránsito (PMT).
  • Los pilotos que conduzcan bajo efectos de licor serán suspendidos de uno a dos años y multas de Q5 mil  a Q25 mil.
  • La sanción es de dos a cuatro años y multas de Q10 mil a Q25 mil para los pilotos de transporte colectivo. Modifica las penas de homicidio culposo, de dos a cinco años de cárcel, y de lesiones culposas, de tres meses a dos años.
  • Las sanciones van desde los seis meses hasta cinco años.
  • Las multas van de cinco a diez salarios mínimos.

Las líneas de transporte deberán contar con pólizas de seguro y gastos funerarios.

Accidentes

Según datos del Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil, hasta el 23 de abril último se había reportado la muerte de 609 personas en percances viales, 113 decesos más que en el mismo período del 2018, cuando se registraron 496.

Las cifras de muertes en accidentes contrastan con la reducción del número de percances, pues este año se reportaron dos mil 121, mientras que a la misma fecha del 2018 se registraron dos mil 168, es decir 47 menos que el año pasado.

En cuanto a la cantidad de heridos en accidentes de tránsito, en 2018 se registraron dos mil 744, hasta abril, mientras que este año se reportaron dos mil 712 lesionados.

 

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ESCRITO POR:

José Manuel Patzán

Periodista de Prensa Libre especializado en temas de seguridad, con 18 años de experiencia en periodismo escrito, radial y televisivo. Reconocido con el premio Periodista del Año de Prensa Libre en 2016.

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