MP apelará beneficio judicial obtenido por el futbolista Marco Pappa

La fiscalía se opondrá a la conmuta de la pena impuesta por violencia contra la mujer.

Marco Pappa, en enero de este año, durante una audiencia del caso en su contra en Quetzaltenango. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)
Marco Pappa, en enero de este año, durante una audiencia del caso en su contra en Quetzaltenango. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

El martes 7 de enero de 2020 el jugador Marco Pappa fue declarado culpable de violencia contra la mujer y condenado a 5 años de prisión, de acuerdo con la sentencia, la pena sería conmutable por Q5 diarios, de esta forma el agresor podría pagar Q9 mil 125 para no estar en prisión, pero la fiscalía apelará esta decisión.

Después de la condena de Pappa Ponce, el Ministerio Público (MP) informó que apelaría la conmuta impuesta al jugador, acción que tomarían basándose en el artículo 51 del Código Penal, el cual establece los casos en que no se puede otorgar este beneficio.

La condena resuelta por el juez Yubini Mérida, del Juzgado de Femicidio de Quetzaltenango, se llevó a cabo por medio de un procedimiento abreviado, solicitado por ambas partes, ya que la victima perdonó al jugador.

En la audiencia, el fiscal Braulio Rodríguez, quien en mayo del 2019 fue absuelto por los delitos de simulación de delito y obstaculización a la acción penal, solicitó al juez una condena para el deportista de 5 años conmutables por Q5 diarios, en ese momento el fiscal no informó al juzgador que esta sería la segunda condena de Pappa.

Aunque la sentencia fue de acuerdo a lo solicitado por el fiscal, Julia Barrera, vocera del MP, indicó que no hay impedimento legal para que se apele la resolución. “El MP presentará la apelación, ya corresponderá al órgano jurisdiccional la resolución”, afirmó.

De acuerdo con la fiscalía la agresión se registró en una vivienda de la zona 3 de Xela el 21 de enero de 2019, cuando la víctima intentó impedir que el jugador saliera a la calle en estado de ebriedad.

Pappa golpeo a su conviviente, hecho que quedó probado por la declaración que la agraviada rindió en el MP, así como por fotografías y dictámenes del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).

Además de la condena obtenida recientemente, en el 2018 Pappa también fue condenado en Guatemala por otro hecho de violencia contra la mujer, esto lo convierte en un delincuente reincidente.

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El artículo 51 del Código Penal establece que la conmuta no se otorgará: a los reincidentes y delincuentes habituales, a los condenados por hurto y robo, además de cuando lo prescriban otras leyes.

La norma también resalta que no se dará la conmuta cuando apreciadas las condiciones personales del penado, los móviles de su conducta y las circunstancias del hecho, se establezca, a juicio del juez, su peligrosidad social.

Advertencia

El día que se realizó la condena en contra de Pappa, el juez Mérida le advirtió, que de ser identificada una condena anterior no podría pagar para evadir la prisión y tendría que ir a la cárcel.

“Yo no sé si usted fue condenado en ese proceso y si la condena fue ejecutoriada, pero como tengo una constancia de que no tiene antecedentes penales le voy a dar el beneficio de conmutar la pena, salvo que en el juzgado de Ejecución tenga información pertinente y resuelvan que no le asiste. Si revocan esto, por otra sentencia y es reincidente, será cuestión aparte”, dijo Mérida.

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