Economía

Atención contribuyentes: SAT no dará prórroga para pago de impuestos que vencen el 30 de junio

El pago del vencimiento de impuestos para el mes de junio deberá realizarse el martes 30 por el corrimiento del asueto por el Día del Ejército y del Empleado Bancario.

Los contribuyentes deberán de presentar sus declaraciones del pago de impuestos que vencen el 30 de junio y no habrá prórroga como ocurría en años anteriores. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca)

Los contribuyentes deberán de presentar sus declaraciones del pago de impuestos que vencen el 30 de junio y no habrá prórroga como ocurría en años anteriores. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca)

El jefe de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), Marco Livio Díaz Reyes, confirmó que no habrá prórroga para el 1 de julio -como ocurría en ejercicios anteriores- y la liquidación deberá realizar el 30 de junio.

El funcionario explicó que ese día habrá operaciones de atención por el sistema bancario, que trabajará en horario de atención especial.

“No vamos a dar corrimiento y el 30 de junio vencen los impuestos correspondientes”, replicó el superintendente.

Recordó que la ley le permite hacer un corrimiento de impuestos cuando el administrador tributario no trabaja y se declara día inhábil; y la otra es que el sistema bancario no preste el servicio.

Sin embargo, explicó que las entidades financieras estarán atendiendo el 30 de junio, al igual que las plataformas electrónicas.

Díaz Reyes confirmó que el 96% de la recaudación se realiza por medio de los sistemas electrónicos.

“Los contadores tendrán que correr un poco, pero han tenido todo el mes para presentar sus obligaciones y no habrá corrimiento”, reiteró el jefe de la SAT.

Vencimientos

De acuerdo con el calendario tributario, el 30 de junio deberán de liquidarse los impuestos:

  • IVA del régimen general
  • IVA pequeño contribuyente
  • Petróleo de la semana del 15 al 21 de junio

Ampliación del ISCV

El pasado 23 de junio el Congreso aprobó el Decreto 24-2020 en la cual se prorrogó el impuesto sobre circulación de vehículos (ISCV) que vence el 31 de julio, y se justificó la situación económica en los hogares por los efectos del covid-19.

Por ley, el Congreso es el único organismo que puede posponer el pago de impuestos.

Los automovilistas tendrán hasta 31 de octubre para liquidar el ISCV del ejercicio 2020.

Hasta el 31 de mayo la SAT había recaudado Q217 millones por ese tributo, y la meta proyectada es de Q925 millones.

ESCRITO POR:

Urias Gamarro

Periodista especializado en macroeconomía, finanzas públicas e infraestructura, con 20 años de experiencia en medios radiales, impresos y digitales.