Economía

La historia de cómo un juicio privado generó la intervención al CHN

Un caso que comenzó en 1957 por un fideicomiso privado se convirtió, 59 años después, en motivo de una “intervención judicial” para el Crédito Hipotecario Nacional (CHN).

El CHN fue el elegido para otorgar los préstamos de reactivación económica frente a la actual crisis sanitaria y económica por el covid-19. (Foto Prensa Libre:Estuardo Paredes)

El CHN fue el elegido para otorgar los préstamos de reactivación económica frente a la actual crisis sanitaria y económica por el covid-19. (Foto Prensa Libre:Estuardo Paredes)

La jueza Dora Leticia Monroy Hernández, del juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo de Coatepeque, Quetzaltenango, emitió la orden con fecha 5 de julio que fue ejecutada ayer.

Luego de aceptar el procedimiento ordenado, Luis Velásquez, presidente del CHN, afirmó que la medida solo servirá para revisar un caso específico y no significa la intervención de toda la institución, por lo que el banco mantendrá su operación.

Al caso se le conoce como Dalmacia.

Antecedentes

La intervención empezó por un proceso particular a instancias de la familia Sarg Castañeda, que por la vía jurídica reclamó una deuda que a la fecha asciende a Q41.9 millones, equivalentes al valor de un finca ubicada en el municipio.

El interventor Gustavo Adolfo Barrientos explicó que la sentencia, emitida en juicio, representa una condena al CHN por el incumplimiento del pago por daños y perjuicios a favor de Francisco Sarg Castañeda, propietario original del inmueble.

El presidente Lázaro Chacón emitió el Decreto No. 1040 para crear el CHN.
El 6 de octubre de 1930 se inauguró la institución.
A junio pasado, el banco contaba con 801 empleados.
Posee 87 agencias distribuidas en el territorio nacional.
Tiene activos por Q3 mil
311 millones.
Se ubica en la posición número 10 en el listado de los bancos del país.
Sus pasivos ascienden a Q3 mil 159 millones.
El capital contable suma Q152 millones.
La cartera de créditos, al 31 de junio, representaba Q1 mil 257 millones.
Los depósitos u obligaciones depositarias a la misma fecha sumaban Q2 mil 683 millones.
A junio, las utilidades sumaban Q5.07 millones, mientras que en el 2015 totalizaron Q10.12 millones.
Los fideicomisos a cargo del CHN suman en total Q148.25 millones.


Barrientos explicó que el juez también ordenó el pago de las costas judiciales más los intereses que tendría que pagar el CHN.

El interventor dijo que fue nombrado para manejar la caja del CHN, derivado de la orden que ordenó el embargo, no solo de la instutución bancaria, sino también de todas las empresas que forman parte de ese grupo financiero.

La demanda fue ventilada en un juicio que concluyó en el 2014, recordó Barrientos, y señaló que desde entonces se ha reclamado el pago de la deuda, pero el banco no ha cumplido con dicho compromiso.

¿Cómo se pagará?

Para pagar, el interventor, agregó que de las utilidades del banco se iría rescatando y amortizando la deuda. Dijo desconocer cuánto tiempo se requeriría para completarla.

“No hay riesgos”

El presidente del CHN enfatizó que a pesar de la intervención, la entidad bancaria continúa prestando sus servicios de manera normal y que la acción legal no tiene implicaciones para cuentahabientes.

“Envío un mensaje de tranquilidad a todos nuestros cuentahabientes que tienen sus recursos acá. Este no es un caso nuevo”, aseguró el presidente del CHN.

El funcionario agregó que debían acatar la resolución del juez y resaltó que por un caso personal de la familia mencionada se daría posesión al interventor, para suministrarle toda la información que necesite.

Respaldo ilimitado

El CHN tiene lo que se denomina respaldo ilimitado del Estado, lo que significa que en ningún momento podría llegar a un proceso de quiebra, como podría suceder a otro banco comercial del sistema nacional.

Según Velásquez, la garantía ilimitada o soberana del banco está plasmada en la Ley Orgánica del CHN, y todas las operaciones del CHN gozan de esta prerrogativa.

En el pasado reciente, el CHN absorbió a los bancos del Ejército y De Oriente.

Veláquez recordó que el Código Penal refiere que toda persona que dé información imprecisa sobre la actividad bancaria, como sucedió con la llegada del interventor, podría incurrir en delito de pánico financiero.

El origen del caso

Antonio Sarg, hijo de Sarg Catañeda, explicó  que se presentaron varias acciones judiciales con las que se buscó recuperar el patrimonio perdido.

El proceso se inició, recordó, como  un juicio sumario por daños y perjuicios, y posteriormente, un juicio ejecutivo.

Según  Herbert Sarg Castañeda,  en 1957  su abuelo, Francisco Sarg Barillas, constituyó un fideicomiso con el CHN con el fin de que el patrimonio se dirigiera a la lotificación de una finca  en Coatepeque.

Sin embargo, “por negligencia del banco, se perdió la propiedad, sin que se llevara a cabo la voluntad de mi abuelo”, afirmó Sarg Castañeda.

“El decir que no es un intervención es realmente falta de conociminento jurídico, porque el sistema de justicia así opera”. Gustavo Adolfo Barrientos, interventor del CHN


“Posteriormente, mi padre, Francisco Sarg Padilla, inició un juicio por daños y perjuicios que se ganó en primera y segunda estancia  y en amparos”, recordó.

Según señaló, el Organismo Judicial ha actuado apegado a la ley.

En la actualidad,  además de Herbert Sarg Castañeda y dos hermanos, la herencia de Sarg Barillas pertenecería a ocho herederos más de la familia.

Sistema sano

La Superintendencia de Bancos informó por medio de comunicado  de prensa que tiene conocimiento que la orden dictada por la juez de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo de Coatepeque, Quetzaltenango, es una medida precautoria.

“Nuestros cuentahabientes que tiene sus recursos acá no deben preocuparse, ya que las operaciones se mantienen”. Luis Velásquez, presidente del CHN.


El documento agrega que la orden fue emitida como consecuencia de un proceso promovido por personas particulares en contra del Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala (CHN).

De acuerdo con la  superintendecia,   “la referida medida no  afecta el funcionamiento de la entidad bancaria, por lo que los usuarios pueden realizar  sus operaciones con toda normalidad y tranquilidad”.

De acuerdo con fuentes bancarias y  la Ley de Bancos y Grupos Financieros, solo la Superintendencia de Bancos  podría  decretar la intervención de un banco,  previa autorización de la Junta Monetaria.

De acuerdo con la norma, las  autoridades bancarias deben suspender a una institución bancaria si esta incumple con las estándares mínimos  de liquidez, capital o patrimonio.

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Banca CHN