Respecto al área de influencia del proyecto sobre el cual se deberán basar para hacer la consulta dijo que le corresponde al Ministerio de Ambiente definirlas con base a la revisión del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) que pidió la CC.
Según indicaciones de la Dirección General de Minería, las comunidades que estén en el área de influencia serán determinadas hasta que se realice el proceso de pre-consulta con los actores que determinó la Corte.
Dichos actores, según el fallo son:
- Concejo Municipal del área de influencia
- Comunidades indígenas del área de influencia (que pueden ser representadas por el Parlamento Xinca o representantes que la población decida)
- Ministerio de Cultura y Deportes
- Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales
- Consejos Comunitarios de Desarrollo del área de influencia
- Minera San Rafael
- Procuraduría de Derechos Humanos
- Ministerio de Energía y Minas
- Universidad de San Carlos de Guatemala y Universidades Privadas representadas en el Consejo Departamental de Desarrollo del área de influencia.
- Comisión Presidencial de Diálogo
Según ese mismo fallo los actores que deberán participar en la consulta son las comunidades, el MEM y la minera.
La CC resolvió el lunes de esta semana que se debía efectuar una consulta comunitaria a los pueblos indígenas según lo contempla el Convenio 169 de la OIT, y después de agotado el proceso entre otros estipulados por la Corte, la Minera podría empezar a operar de nuevo el proyecto El Escobal.
El miércoles el Parlamento Xinca, los proveedores de la Minera y Calas solicitaron a la Corte aclarar y ampliar el fallo.
La licencia fue emitida en el 2013 por el MEM, pero no se efectuó consulta ya que con base a datos del Instituto Nacional de Estadística (Ine) y del Registro Nacional de Personas (Renap) no se determinó la existencia de comunidades indígenas en el área de influencia argumentó ese miniterio en oportunidades anteriores. En en julio del 2017 fue suspendida su operación.
Minera acatará resolución
La Minera San Rafael señaló el pasado martes que con esto, se han agotado todos los recursos jurídicos y legales que el marco regulatorio guatemalteco permite.
“Ante esto, Minera San Rafael, respetuosa del Estado derecho y tal como ha demostrado con el compromiso y respeto al país, colaboradores y comunidades, acatará dicho decisión y se mantendrá a la espera de que el MEM como único ente responsable pueda llevar a cabo el proceso de consulta alineado con los requerimientos que la Organización Internacional del Trabajo establece para este tipo de procesos” se leyó en el comunicado.
La directora de asuntos corporativos de la minera, Gabriela Roca, manifestó que debido a que esta es la resolución más extensa que la CC ha emitido, aún se está llevando a cabo el análisis jurídico. Luego de haber hecho un primer análisis de la resolución, “entendemos que una vez se cumplan ciertos requisitos, la empresa podrá retomar operaciones” indicó Roca.