Economía

Así le podría impactar la propuesta para regular las tarjetas de crédito

La nueva iniciativa de ley para regular tarjetas de crédito establece controles y límites a las tasas de interés y otros cargos que en la actualidad no tienen esos límites, aunque el proceso es largo en el Congreso, la pregunta qué efectos podría tener para el usuario o para los emisores, de ser aprobada.

La primera Ley de Tarjetas de Crédito establecía diversos controles y normativas pero la CC recibió 14 acciones de inconstitucionalidad contra ese decreto. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

La primera Ley de Tarjetas de Crédito establecía diversos controles y normativas pero la CC recibió 14 acciones de inconstitucionalidad contra ese decreto. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

La propuesta contiene 49 artículos y fue presentada este miércoles en el Congreso por los diputados Ronald Arango, José Valladares y Félix Monzón.

Establece regular las tasas de interés. Según esa iniciativa no se deberá exceder el doble del último valor de la tasa de interés activa promedio ponderada del sistema bancario.

Según los datos del Banco de Guatemala (Banguat) a diciembre del 2018 el último valor en mención de fue de 12.81%. Es decir, no podrá pasar de 25.62%.

En la actualidad las tasas de interés no tienen limitaciones máximas por lo que de aprobarse se tendrían que reducir los cobros al usuario.

Impacto de la ley anterior según el Banguat

En el informe del Superintendente de Bancos del sistema financiero a la junta monetaria correspondiente a septiembre del 2018 se refiere que la tasa de interés de la cartera de créditos en moneda nacional se reflejó un incremento de 0.4 puntos porcentuales de septiembre de 2017 a septiembre de 2018 en el segmento de consumo, entre otros.

Se explica que dentro del financiamiento destinado al consumo se encuentra el rubro de tarjeta de crédito, el cual, a septiembre de 2018, alcanzó un monto de Q10 mil 537 millones, que representa Q1 mil 227 millones más respecto al mismo mes del año anterior.

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El mismo informe explica que disminución reflejada en la tasa de interés, tanto en moneda nacional como en extranjera, en el segmento de consumo en marzo de 2016, está asociada con la entrada en vigencia del Decreto Número 7-2015 del Congreso que contiene la Ley de Tarjeta de Crédito.

Sin embargo, se agrega, que esta Ley fue suspendida (en forma provisional) por la Corte de Constitucionalidad el 31 de marzo de 2016 “en razón de lo cual las tasas de interés, en los segmentos mencionados, recuperaron su trayectoria a partir de abril”.

La CC resolvió en diciembre del 2018, que esa ley era inconstitucional y ordenó retirarla o cancelarla de la legislación del país.

De aprobarse una nueva ley, entrar y mantenerse en vigencia podría significar que vuelvan a bajar las tasas.

Sin embargo la experiencia de la ley anterior se conoció que, en ese entonces, los emisores trasladaron al tarjetahabiente cobros como membresía y seguros.

Obligación de contratos

La nueva ley, obligaría a la SIB a supervisar que los emisores de tarjetas hayan extendido un contrato y que sea cumplido sin cambios posteriores.

Según el parlamentario muchos emisores no emiten contrato y aplican los cambios de moras e interés que a discreción.

Se propone también establecer un plazo de vigencia del contrato, y al vencerse el plazo podrá ser prorrogado.

Y se establece un mecanismo para que el tarjetahabiente pueda terminar el contrato y se debe establecer la forma en que el tarjetahabiente cumpla con las obligaciones que ha contraído al usar la tarjeta de crédito.

Exige evaluación de capacidad de pago y extrafinanciamiento

La iniciativa también establece que debe existir una evaluación de la capacidad de pago previó a otorgar un crédito por medio de tarjetas de crédito.

También se establecerá la obligación que los emisores de las tarjetas efectúen la evaluación de capacidad de pago al ofrecer extrafinanciamientos.

En la actualidad es una práctica normal que se ofrece financiamiento adicional al límite de crédito aprobado para la tarjeta, sin hacer una evaluación como esa refiere los ponentes.

Además, se otorgará acceso y se establece la obligación de proporcionar información de los clientes de emisores de tarjetas de crédito que administra la SIB. Con esta acción se mejoraría el análisis y seguimiento de capacidad de pago, agregan los ponentes de la iniciativa.

Intereses cargos y moras

Apartes de las disposiciones que se buscan establecer para poner límite máximo a las tasas de interés también en la iniciativa los intereses deben ser calculados de forma diaria sobre el capital financiado y por los días que se hubiera usado el crédito después de la fecha límite de pago.

La tasa de interés por mora no podrá exceder a las tasas de intereses por financiamiento pactada en el contrato. Además que se prohíbe la capitalización de los intereses y los cargos por mora.

Tampoco podrán cobrarse comisiones, servicios adicionales y otros cargos a los que establezca el contrato.

Entre otro de los controles establece la limitación al emisor acerca de que si administra otras cuentas del cuentahabiente, tiene prohibido disponer los fondos monetarios o de ahorro que el tarjetahabiente tenga en esas otras cuentas, para trasladarlo a pagos de deuda de la tarjeta.

Y regula lo referente al robo, extravío, cobros de gastas efectuados luego de haber dado aviso de extravío o de robo. Además, el emisor y el cliente podrán acordar en el contrato los servicios y pago del seguro por robo, extravío uso no autorizado.

Delito de clonación de tarjetas

Respecto a la seguridad del manejo, se crea el delito de clonación de tarjetas de crédito. Las penas son de prisión de 6 a 10 años y multa de Q150 mil a Q500 mil.

También establece un delito de aprovechamiento de la tarjeta de crédito clonada y manipulación, con iguales penas cada uno.

Se establece el delito de uso fraudulento de tarjetas de crédito con penas de prisión de 6 a 10 años y multa de Q50 mil a Q500 mil.

Con este grupo de reformas también se propone modificar el Código Penal, referente a estafas de crédito de tarjetas de crédito. Con penas son de prisión de 6 a 10 años y multa de Q150 mil a Q500 mil.

Se establecen sanciones para los emisores, los cuales deberá aplicar la SIB, pero la Junta Monetaria deberá establecer el reglamento respecto a la clasificación de la infracción y así como la recurrencia. Además deberá establecer las multas.

Las multas se basarán en unidades de multa de US$1 o el equivalente al tipo de cambio a Quetzales.

Otras disposiciones

Aparte de detallar las obligaciones del cliente, y establece que la fecha límite de pago será inamovible a menos que el cliente lo solicite.

Sin embargo, el emisor también tendrá la obligación de informar publicando en su sitio electrónico comercial, y de fácil acceso y vista al público las tasas de interés, intereses por mora, comisiones u otros cargos y la SIB debe velar porque se cumpla.

Establece también la posibilidad de reestructuración de su deuda

Otro de los cambios propuestos es la posibilidad de que el usuario pueda reestructurar su deuda cuando considere que no puede pagar, cancelarla en varias cuotas.

El pago mensual al reestructurar las deudas no puede exceder el 20% de los ingresos del usuario.

Muchos de los puntos que contiene la nueva iniciativa son los mismos que establecía la que se aprobó en el 2015 y se declaró inconstitucional en el 2018.

El diputado Arango declaró que los montos de endeudamiento en el sistema son altos y superan los Q15 mil millones, y lo que se busca con estar regulaciones, controles y exigencias es bajar los endeudamientos y los cobros que se hacen al usuario.

Educar y “regular abusos”

Erick Coyoy, analista de Asíes mencionó que se debe verificar qué cambios tiene la iniciativa de ley respecto de la primera aprobada para evitar que sea declarada inconstitucional por la CC.

Además de corregir la forma de aprobación, ya que según la resolución de la CC de diciembre del 2018 nos e siguió el procedimiento necesario para aprobar una ley de esa naturaleza en el Congreso.

A su criterio la fijación del límite a la tasa de esta naturaleza tiene relación con la Ley de Bancos y Grupos Financieros que requieren aprobación por mayoría calificada (105 votos).

“Suele haber algunas normas para tratar de ordenar el tema del crédito, pero fundamentalmente debe ser un tema de educación financiera, y ahí es donde más corto se queda la formación el sistema educativo guatemalteco ya que no forma a las personas en los temas de toma de decisiones financieras” dijo Coyoy.

Según representantes de la Asociación de Emisores de Medios de Pago de Guatemala indicaron en el 2016, en el mercado hay gran variedad de tasas de interés que fluctúan entre 20% y 60%, dependiendo del grado de riesgo que represente el tarjetahabiente. Sin embargo, en esta ocasión se contacto a representantes de emisores de tarjetas pero no se pronunciaron respecto de la nueva iniciativa.

Sergio Recinos, presidente del Banco de Guatemala (Banguat), explicó que aún no conocen a detalle el contenido de la nueva propuesta, aunque considera que es necesario regular algunos abusos, pero que a la vez no impacte o frene la actividad, por lo que debe de existir un equilibrio.

“Los departamentos jurídicos y financieros de la banca central proceden a realizar los análisis respectivos al planteamiento de ley y esperamos conocer los resultados próximamente”, afirmó.

La actividad de intermediación financiera, seguros y actividades auxiliares tiene un peso del 6.6% en la economía y para este año se proyecta que crezca 7.2%, influenciado, principalmente, por la evolución prevista para el crédito al sector privado y por el aumento esperado en las actividades de seguros y emisores de tarjetas de crédito.

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ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.

Urias Gamarro

Periodista especializado en macroeconomía, finanzas públicas e infraestructura, con 20 años de experiencia en medios radiales, impresos y digitales.