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Manual Ciudadano: Cómo empadronarse para votar en las elecciones en Guatemala

Los guatemaltecos deben empadronarse para poder emitir su voto en las próximas elecciones generales del 2023.

Elecciones en Guatemala 2023

Para emitir el voto en las próximas elecciones presidenciales, los guatemaltecos deben estar empadronados. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

En el país hay 2.77 millones de personas entre los 18 y 25 años, según la proyección poblacional del Instituto Nacional de Estadística. Las elecciones presidenciales del 2023 será la primera vez en que muchos jóvenes se acerquen a las urnas para decidir quién gobernará Guatemala en los próximos cuatro años.

De este grupo solo tres de cada 10 están empadronados, un requisito que todo ciudadano mayor de edad debe cumplir para votar. Emitir el sufragio es un derecho y un deber cívico, según la Ley Electoral y de Partidos Políticos.

La misma norma establece que este es derecho universal. Cada persona tiene la libertad de votar por quien crea conveniente, sin que la presionen para favorecer a un candidato específico. El sufragio es secreto y es personal.

Antes de llegar a las urnas hay ciertos puntos que todo guatemalteco debe conocer y cumplir:

Quienes tiene la mayoría de edad, el primer paso es inscribirse en el Registro de ciudadanos y obtener el Documento de Identificación Personal (DPI) que es la llave para ejercer sus derechos políticos y para participar en las elecciones hay que estar empadronado.

El padrón electoral resulta ser la base de datos con la información de las personas que se han inscrito para votar. Los datos del Tribunal Supremo Electoral (TSE) indican que hay 8.42 millones de guatemaltecos empadronados, lo que representa un 76% de población mayor de edad la que está en el padrón.

  • ¿Cómo empadronarme?

Toda persona de origen guatemalteco mayor de 18 años puede inscribirse en cualquier dependencia del Registro de Ciudadanos del TSE. Recibirá un número que lo identificará dentro del padrón electoral municipal y este lo habilita para ejercer sus derechos y obligaciones cívicas y políticas.

  • ¿El trámite tiene algún costo?

El proceso es voluntario, gratuito y personal. Únicamente se debe presentar el DPI para ser inscrito.

Para empadronarse hay varias opciones, se puede acudir a cualquiera de las 340 delegaciones y subdelegaciones del TSE a nivel nacional o en puesto de empadronamiento móvil que habilita el Tribunal.

Hay opción de hacerlo en línea a través de la página https://portalweb.tse.org.gt. La persona puede solicitar su usuario y contraseña para poderse empadronar.

También puede acercarse al Registro Nacional de las Personas (Renap), al momento en que la persona tramita su primer DPI o una reposición. Si el ciudadano autoriza, sus datos serán trasladados al tribunal, que le enviará la constancia de empadronamiento al correo que el ciudadano registre y lo hará en un lapso máximo de 48 horas.

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  • ¿Hasta cuándo me puedo empadronar?

De acuerdo con el TSE, el proceso de inscripción cierra tres meses antes de las votaciones, que están previstas para el domingo 25 de junio del 2023. De esa cuenta, los guatemaltecos tienen hasta abril del próximo año para empadronarse.

  • ¿Es necesario empadronarse en cada evento electoral?

El empadronamiento es un trámite que se hace una única vez, pero es importante que cada ciudadano actualice la información sobre su lugar de residencia, para que le sea asignado un centro de votación cercano al sitio donde habita. Este paso cobra mayor relevancia si la persona cambia de residencia a un departamento o municipio. De no hacerlo, tendrá que viajar al sitio en donde se empadronó para poder votar.

  • ¿Cómo saber si estoy empadronado?

En la página electrónica del TSE hay una pestaña en donde se puede consulta si la persona está o no empadronada. Se debe ingresar el número de DPI, la fecha de nacimiento, en el formulario hay un campo destinado a colocar un código de verificación, al llenar esos datos automáticamente el sitio informa al usuario si está empadronado y si está afiliado o no a algún partido político.

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  • ¿Quiénes no pueden votar?

La ley establece que las personas en servicio activo en el Ejército de Guatemala o en los cuerpos policíacos y quienes tengan nombramiento para cualquier comisión o trabajo de índole militar no pueden votar.

Tampoco pueden hacerlo quienes estén suspendidos en el ejercicio de sus derechos ciudadanos o que hayan perdido la ciudadanía.

Las personas que encajen en dicha posición deben ser excluidas del padrón electoral.

  • ¿Qué pasa con las personas en el extranjero?

En el caso de los guatemaltecos residentes en el extranjero, el acuerdo 274-2016 indica que para que puedan ejercer su derecho al voto, tienen que inscribirse como ciudadanos, “con anticipación no menor de tres meses antes de la celebración de la primera elección de presidente y vicepresidente de la República; y la actualización de su residencia electoral, se podrá realizar con esa misma anticipación”.

ESCRITO POR:

Ana Lucía Ola

Periodista de Prensa Libre especializada en temas comunitarios, con énfasis en Salud y Educación, con 17 años de experiencia. Reconocida con el Premio de Prensa Libre en categoría Reportaje, en 2019. Premio de la UPANA por Informar a la población guatemalteca sobre la realidad en nutrición y desnutrición en el país, en 2019. Diplomado El periodismo en la era digital como agente y líder de la transformación digital impartido por el Tecnológico de Monterrey.