Guatemala

Inspector ve ilegales despidos en la SAT

En una audiencia de conciliación, el inspector de Trabajo Eddy Giovanni Rivera Gómez afirmó ante al menos 50, de los 133 empleados destituidos en la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), que ese procedimiento fue "ilegal" por no seguir con los procedimientos establecidos en la ley.

audiencia  de conciliación en el Ministerio de Trabajo, en donde Eddy Giovanni Rivera Gómez, inspector laboral,  consideró que fue un despido ilegal el de los trabajadores de la SAT.

audiencia de conciliación en el Ministerio de Trabajo, en donde Eddy Giovanni Rivera Gómez, inspector laboral, consideró que fue un despido ilegal el de los trabajadores de la SAT.

“Para mí lo que se da en este despido a todas luces es ilegal, pues se les entregó una nota en donde se lee la palabra reorganización, sin ni siquiera seguirles el procedimiento respectivo establecido en el Reglamento de Trabajo y Gestión de Recurso Humano de la Superintendencia de Administración Tributaria”, resaltó.

Ante lo anterior, los trabajadores aplaudieron y los abogados del ente recaudador mudaron sus rostros, pues fue como recibir un balde de agua fría en una sala en donde hacía mucho calor, por lo reducido y por la cantidad de personas que estaban en el salón 3 de Conciliaciones del Ministerio de Trabajo.

En el escrito, que fue firmado por todas las partes, se ratifica lo dicho por Rivera al leer en el inciso cuarto “…con respecto del presente expediente, se establece que la SAT finalizó el contrato laboral de todos los trabajadores denunciantes por reorganización, sin llevar a cabo el procedimiento respectivo y también sin establecer si los mismos tienen procedimiento administrativo o judicial…”.

Para los afectados este es uno de los pasos para conseguir su reinstalación, por el hecho de que el inspector resolvió a su favor, antes de comenzar un proceso laboral contra la SAT.

En respuesta, el mandatario de la SAT, Manuel Mariano Aldana, subrayó que las directrices de la entidad recaudadora son ratificar los despidos “y no dar marcha atrás en los mismos, ya que para continuar con el debido procedimiento tienen que continuar con el trámite de la vía jurisdiccional competente”. Aldana solicitó que se dé por agotada la vía conciliatoria.

Apercibimiento y pruebas

Como consecuencia de lo anterior, el inspector apercibió a la parte empleadora para que le presente los expedientes que deberán contener el contrato de trabajo respectivo y procedimientos administrativos o judiciales de los denunciantes, así como vacaciones y suspensiones de los mismos.

Agregó que si se incumple con el apercibimiento se procederá a trasladar el expediente al órgano jurisdiccional competente.

Se fijó una nueva audiencia para el próximo viernes, a las 11.30 horas. Los trabajadores afectados solicitaron que en esa cita comparezca el gerente de Recursos Humanos de la SAT para que fundamente el motivo de la destitución masiva, y también para que el superintendente, Miguel Gutiérrez, presente las pruebas que fundamentan sus declaraciones. Sin embargo, estas peticiones no se incluyeron en el acta.

Rivera hizo la observación de que si hay más afectados interesados en adherirse, lo pueden hacer en la próxima audiencia o pueden presentar las denuncias en las sedes regionales del Ministerio de Trabajo.

Se quejan

Los empleados despedidos se quejaron de la forma en que supuestamente fueron engañados. Algunos indicaron que estaban de vacaciones y que los conminaron a suspenderlas, con el argumento de que los enviarían a capacitarse, pero 15 minutos después les entregaron la notificación del cese laboral.

Una de las denunciantes fue Sonia Calderón, quien explicó al inspector y al mandatario de la SAT: “No puede ser que nos traten de esta manera; si nos quieren sacar, háganlo, pero con un procedimiento justo”.

Después de un receso de una hora, los perjudicados procedieron a firmar el acta, por medio de la cual se dictaron las medidas de apercibimiento contra la entidad recaudadora.

Al concluir la diligencia se dirigieron a la Procuraduría de los Derechos Humanos, para adherirse a la denuncia.

Adicionalmente, la Corte de Constitucionalidad trasladó un amparo planteado en esa instancia a la Sala Tercera del Ramo Laboral por considerar que el máximo órgano jurisdiccional no era competente para conocerlo.

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