Justicia

CC blinda, por segunda vez, al magistrado del TSE Ranulfo Rafael Rojas y evita que sea investigado

Con una resolución, la CC evita que el magistrado del TSE, Ranulfo Rafael Rojas, sea investigado en el caso Comisiones Paralelas 2020.

|

Ranulfo Rafael Rojas, magistrado del TSE. (Foto Prensa Libre: HemerotecaPL)

Ranulfo Rafael Rojas, magistrado del TSE. (Foto Prensa Libre: HemerotecaPL)

La Corte de Constitucionalidad (CC) volvió a blindar la inmunidad del magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Ranulfo Rafael Rojas Cetina, quien es señalado por la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci) de estar implicado en el caso Comisiones Paralelas 2020.

Y es que en abril pasado, la CC rechazó un amparo planteado por el MP en contra de la resolución de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que declaró sin lugar las diligencias de antejuicio contra Rojas, pero en esa oportunidad fue por el caso Fénix, en el que la Feci también lo señala de estar implicado.

En el caso Fénix, la petición para que se le quitara el derecho de antejuicio al magistrado Rojas fue porque se quería abrir una investigación por su posible vinculación en el caso de corrupción, cuando este fungía como agente fiscal del MP.

Sin embargo, este lunes 12 de diciembre, se infirmó que la CC rechazó otro amparo interpuesto por la Feci, con el cual la Fiscalía pretendía que se dejara sin efecto el fallo de la CSJ del 9 de febrero pasado, que ordenó que no se le diera trámite a un antejuicio en contra de Rojas por su presunta implicación en el caso Comisiones Paralelas 2020.

En la última resolución, la CC rechazó el amparo planteado por la Feci, que buscaba reactivar el proceso de antejuicio contra Rojas, quien, según el MP, habría participado en la supuesta manipulación de la elección de cortes.

“Son evidentes los indicios que hacen viable la investigación de los supuestos hechos endilgados al magistrado, ya que estos aportan elementos de razonabilidad suficiente que hacen viable la procedencia del antejuicio y, por consiguiente, una investigación pues tales hechos, a la postre, podrían constituir delitos”, dice una parte del amparo del MP que fue rechazado.

“El acto señalado como agraviante fue emitido en forma incompleta, al no determinar que existieron declaraciones y medios de investigación que deben ser indagados con mayor amplitud, a efecto de determinar sobre la participación del antejuiciado en los hechos que se le endilgan; como consecuencia, se le limitó en sus funciones, haciendo nugatorios sus derechos, imposibilitando la determinación de culpabilidad y grado de participación del magistrado relacionado”, señala la CC

Además, detalla que “contrario a lo manifestado por el ente postulante, se aprecia que la autoridad reprochada realizó la labor previa de calificación de las diligencias de antejuicio que le asigna el artículo 16 de la ley de la materia, siendo su proceder acorde a la ley y a la doctrina legal asentada por esta Corte, al haber estimado la existencia de motivaciones espurias, al no haberse aportado elementos de razonabilidad con los que pudieran demostrarse y acreditar tales hechos”.

Caso Comisiones Paralelas 2020

En febrero de 2020, a raíz de la investigación por el delito de evasión en contra de Gustavo Adolfo Alejos Cámbara, quien se encontraba en prisión preventiva en un sanatorio de la zona 2 de la ciudad de Guatemala, el Ministerio Público pudo inferir intentos para manipular el proceso de elección de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y de Salas de la Corte de Apelaciones y de otros Tribunales Colegiados de igual categoría.

La investigación de la Fiscalía determinó en aquel entonces que la comisión de actividades criminales influenciaron indebidamente el proceso de selección de candidatos a magistrados que se materializan en actividades comparables a “comercialización informal”, consolidadas como un trueque de favores.

El pacto se aseguró de obtener el número de electores necesarios, para cumplir con el requisito establecido en los artículos 215 y 217 de la Constitución Política de la República, es decir las dos terceras partes de los votos.  El número que se requería era de 25. La agrupación aseguró 24 votos, y manejó un margen de riesgo de 1 voto.

Caso Fénix

Desde 2003, la justicia guatemalteca detectó una organización criminal que sustrajo al menos Q350 millones del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS).

Exfuncionarios y particulares fueron sentenciadas por haber sustraído el dinero de los trabajadores, pero hay varios involucrados cuya participación continúa sin esclarecerse en los tribunales, en un proceso penal que es conocido como el caso Fénix.