Justicia

CC suspende Política de Protección al Migrante firmada por Jimmy Morales

Acuerdo de creación de la política viola la Constitución y la Ley del Organismo Ejecutivo, según los interponentes del recurso legal.

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Hondureños en la Casa del Migrante de la capital. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Hondureños en la Casa del Migrante de la capital. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La Corte de Constitucionalidad (CC) suspendió de forma provisional la Política Pública de Protección y Atención a la Persona Migrante 2019-2032, a solicitud de excancilleres y exembajadores guatemaltecos.

Los exfuncionarios presentaron una acción de inconstitucionalidad contra esa política, que fue aprobada en el acuerdo gubernativo 318-2019 y publicada el 24 de diciembre.

La votación fue unánime de un pleno integrado por siete magistrados, cuatro titulares, Bonerge Mejía, Gloria Porras, Francisco de Mata Vela y Dina Ochoa, y tres suplentes, Cristina Fernández, María de los Ángeles Araujo y José Par Usen.

Esa política, firmada por el entonces presidente Jimmy Morales y el gabinete, es una respuesta a la necesidad de “coordinar los esfuerzos interinstitucionales e intersectoriales para fortalecer la asistencia protección, atención y documentación de las personas migrantes guatemaltecas en los países de tránsito, destino y en su retorno a la República de Guatemala, con la finalidad de garantizarles la protección de sus derechos humanos, por ello, es preciso emitir la presente disposición legal correspondiente”.

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En ese sentido, la política sería de aplicación general en todo el territorio y el Ministerio de Relaciones Exteriores sería el responsable de coordinar la implementación, coordinando y facilitando las acciones entre les diferentes instituciones públicas y privadas que corresponda para garantizar su cumplimiento.

Además, las instituciones públicas estarían obligadas a dar efectivo cumplimiento a la política, bajo la coordinación de la Cancillería.

Gabriel Orellana, excanciller y uno de los firmantes del memorial, explicó que el recurso de inconstitucionalidad no iba dirigido contra la política en sí sino al hecho de que la política, creada por acuerdo gubernativo, sustraía funciones del ente autónomo del Sistema Migratorio Guatemalteco, creado en el Código de Migración, decreto 44-2016, lo cual contradice la pre existencia la norma constitucional y de legislación ordinaria.

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En detalle, los exfuncionarios diplomáticos razonaron que esa política entonces viola la Constitución y la Ley del Organismo Ejecutivo.

Ante la suspensión provisional de ese acuerdo, el tribunal constitucional girará audiencias, posiblemente, según Orellana, a la Presidencia, a los ministerios de Gobernación, Relaciones Exteriores y Público, así como al Instituto Guatemalteco de Migración para expresar si se oponen o se adhieren al petitorio de los excancilleres y exembajadores guatemaltecos.

El presidente Alejando Giammattei dijo que derogará el acuerdo gubernativo que dio vida a la política en mención y la replanteará mediante una mesa técnica.

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