El adolescente cumplirá su sanción en un reformatorio, donde permanecerá hasta que cumpla 21 años.
Caso
El 3 de abril de este año, en horas de la mañana, las hermanas Oscal Pérez caminaban por la 3a. avenida, entre 3a. y 2a. calles, zona 1, hacia el Inca.
Durante ese trayecto fueron vigiladas por el adolescente, quien las siguió en el trayecto por esa cuadra.
La Fiscalía logró establecer que el menor coordinó por llamadas telefónicas la ubicación de las víctimas y sostuvo conversaciones con el sicario y el piloto de la motocicleta que lo ayudó a escapar del lugar tras cometer el ataque.
Cámaras de seguridad instaladas en el lugar donde ocurrió el crimen revelan que un hombre que se conduce a pie alcanza a las estudiantes y les dispara a corta distancia.
Luego escapa en una motocicleta conducida por otra persona.
Por el caso enfrentan proceso penal Kevin Davis Canté Mérida y Mynor Alejandro Rodríguez Pablo, presuntos integrantes de la Mara Salvatrucha e investigados como autores del crimen contra las hermanas Oscal.
El expediente que contiene la imputación en contra de Canté Mérida y Rodríguez Pablo se encuentra en el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal, en donde el órgano investigador deberá presentar la acusación el próximo 25 de julio.
Sanción severa
Lorena Escobar, analista de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales, considera que la sanción que se impuso al adolescente es severa, pues aunque no disparó contra las hermanas ni ordenó el crimen, facilitó las condiciones para que este se cometiera.
Escobar agregó que aunque pueda parecer que la sanción es mínima, el juez debe fundamentar sus decisiones en los parámetros que la ley define. En este caso, la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia establece hasta seis años de privación de libertad para menores que cometen delitos graves.
“Hay que entender el dolor de las víctimas. Los padres de las hermanas sufren la pérdida de sus hijas, pero se hizo justicia”, dijo.
CONCEPTO
MEDIDA
La Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia establece que un menor que afronta un proceso de justicia por transgredir normas penales está sujeto a medidas socioeducativas para su reinserción en la sociedad, y no sentencias, como en los casos de adultos.
La jueza Verónica Galicia, encargada del Juzgado Pluripersonal de Control de Medidas, explicó que un proceso instruido contra un menor de edad o adolescente puede concluir en tres tipos de medidas, que son privación de libertad de régimen cerrado, dentro de un reformatorio y que no exceda de seis años; semiabierto, cuando el procesado puede salir de la correccional a recibir cursos, y regresar, y de libertad asistida bajo el control de otras personas, generalmente familiares.