Migrantes

Conozcan los derechos que adquieren los inmigrantes a los que se les brinda asilo en un tercer país seguro

La Agencia de la Organización de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur) define como “país seguro”, a los “países en los que los refugiados pueden disfrutar de asilo sin ningún peligro”.

Las autoridades guatemaltecas tienen deficiencias en los sistemas para brindar asilo y son pocas las solicitudes de ese tipo. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Las autoridades guatemaltecas tienen deficiencias en los sistemas para brindar asilo y son pocas las solicitudes de ese tipo. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951, determina los migrantes asilados necesitan gozar de los derechos específicos, incluyendo acceso a servicios sociales y económicos. Además, la seguridad.

En las condiciones jurídicas el convenio establece que los inmigrantes asilados “se regirán por la Ley del país de su residencia”.

Los inmigrantes en calidad de refugiados podrán acceder a bienes inmuebles y el convenio determina que “los Estados Contratantes concederán a todo refugiado el trato más favorable posible” para que “adquieran bienes inmuebles, arriendos u otros contratos relativos”.

Según el convenio los asilados tienen derechos de propiedad intelectual e industrial “en cuanto a la protección a la propiedad industrial, y en particular a inventos, dibujos y modelos industriales, marcas de fábrica, nombres comerciales y derechos de autor sobre las obras literarias, científicas o artísticas, se concederá a todo refugiado”.

Hay derechos de asociación que figuran en el convenio y expone que los inmigrantes asilados “en lo que respecta a las asociaciones no políticas ni lucrativas y a los sindicatos, los Estados Contratantes concederán a los refugiados el trato más favorable concedido en las mismas circunstancias a los nacionales de un país extranjero”.

Hay derecho de “acceso a tribunales” establecidos en el convenio para que puedan solventar procesos penales.

En cuanto a acceso a empelo el convenio dice que tienen derecho a trabajos remunerados, trabajar por cuenta propia y que sus títulos profesionales pueden ser tomados en cuenta en el país que brinda asilo.

Los inmigrantes asilados tienen derecho a los sistemas de Salud pública y Educación pública.

Los acuerdos también consideran el libre tránsito en un país “todo Estado Contratante concederá a los refugiados que se encuentren legalmente en el territorio el derecho de escoger el lugar de su residencia en tal territorio y de viajar libremente por él, siempre que observen los reglamentos aplicables en las mismas circunstancias a los extranjeros en general”.

La identificación de inmigrantes refugiados:
  • Los Estados Contratantes expedirán documentos de identidad a todo refugiado que se encuentre en el territorio de tales Estados y que no posea un documento válido de viaje.
  • Expedirán a los refugiados que se encuentren legalmente en el territorio de tales Estados documentos de viaje que les permitan trasladarse fuera de tal territorio, a menos que se opongan a ello razones imperiosas de seguridad nacional; y las disposiciones del Anexo a esta Convención se aplicarán a esos documentos.

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ESCRITO POR:

Edwin Pitán

Periodista de Prensa Libre y Guatevisión desde hace 14 años. Especializado en radio, prensa y televisión. Periodista del año de Prensa Libre en 2018. Productor de la emisión en directo de Noticiero Guatevisión.