Política

Dudas rondan a iniciativa que busca modificar uso de la fuerza de PNC y el Ejército

El proyecto de ley, que tiene 16 artículos cuenta con dictamen favorable. Dos expertos rechazan la normativa, que podría ser inconstitucional.

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Agentes de  la PNC utilizaron gases lacrimógenos para retirar un bloqueo en el kilómetro 163 de la ruta al suroccidente. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL).

Agentes de la PNC utilizaron gases lacrimógenos para retirar un bloqueo en el kilómetro 163 de la ruta al suroccidente. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL).

La iniciativa de ley 6076 para el “fortalecimiento de las fuerzas de seguridad pública y del Ejército de Guatemala”, genera dudas y sospechas, aseguran dos expertos en asuntos de seguridad. El diputado Boris España la defiende.  

El analista Francisco Jiménez fue claro en decir que no es necesario normar algo que ya lo está y hasta con sus reglamentos. La iniciativa 6076 tiene dictamen favorable y ha creado sospechas su fin sea solo para reprimir la protesta ciudadana, como ya se hizo desde 2020.  

Este proyecto de ley lo recibió la Dirección Legislativa el 10 de mayo de 2022. Lo propusieron los legisladores de la bancada Unión del Cambio Nacional (UCN), Carlos Napoleón Rojas, Karla Martínez, Julio Francisco Lainfiesta, José Arnulfo García, Maynor Estuardo Castillo y Byron Wilfredo Arreaga.  

“El problema de la iniciativa es que no hace una diferenciación entre el uso de la fuerza de la Policía y el Ejército y mete a otros actores en un mismo saco”, expuso Jiménez. 

No juzgo la voluntad ni el objetivo político. No tengo los elementos para hacerlo, pero sí puedo decir que es una propuesta técnicamente mal hecha”, indicó.  

Añadió: “Veo una propuesta muy floja. Si se quiere normar sobre el uso de la fuerza que se le llame como tal y no que se le dé el nombre de fortalecimientos de las fuerzas de seguridad pública y del Ejército de Guatemala”. 

Además, dijo Jiménez, la propuesta contiene un tema serio y peligroso que otorga poderes coercitivos a otras instituciones.  

“En su artículo 3, que identifica a las fuerzas de seguridad pública, establece que éstas son instituciones del Estado que por mandato legal promueven su función de proveer seguridad ciudadana y garantizar el orden público. Introduce a la PNC allí por su aporte al tema de la seguridad pública, ciudadana y orden público, y también al Ejército”.     

Sin embargo, dice Jiménez, curiosamente, a pesar de que la ley habla del Ejército y se le menciona muchas veces, no los norma.  

“Norma sobre lo que definen como tres instituciones de fuerzas de seguridad pública, la PNC, la Dirección General del Sistema Penitenciario (DGSP) y la Secretaría de Asuntos Administrativos y de Seguridad de la Presidencia (SAAS)”, revela.      

Para Jiménez en Guatemala, en términos generales, se reconoce a dos instituciones que tienen el uso legítimo de la fuerza: la PNC y el Ejército. Nadie más.   

“Entonces colocar a la DGSP y la SAAS, que no tienen nada que ver con seguridad pública ni ciudadana, es sumamente peligroso”, expresa Jiménez.   

El experto dejó claro que la DGSP resguarda a privados de libertad, ya sea por cumplimiento de condena o preventivamente, pero esto no es un tema de seguridad ciudadana, sino de en el sentido amplio.  

“La SAAS tiene por función garantizarle seguridad al presidente y vicepresidente y sus familias, pero no tiene asignado tareas de seguridad ciudadana, ni mucho menos de orden público”. Su naturaleza jurídica no es esa”, expone Jiménez.  

Añade: “Esto ya es una limitación importante, es algo con lo que no debemos y podemos estar de acuerdo. Si en dado caso se aprueba, luego habría que reformar las leyes del Sistema Penitenciario y la SAAS”, advierte.   

Para Jiménez, que “la SAAS se dedique a temas de seguridad ciudadana y el orden público es enviar un mensaje de que los riesgos y las amenazas de seguridad del presidente son de orden público”.  

Argumenta que esto abre “la posibilidad de la concepción que había antes durante el Conflicto Armado Interno y el rol que tenía el Estado Mayor Presidencial”. “Esto es muy peligroso, y no estoy diciendo que los que hicieron esta ley estén pensando en eso. Probablemente ni siquiera lo vieron, pero hay que analizar las posibles consecuencias de la propuesta”, enfatiza.  

Jiménez concluyó en que “no hay que normar en una ley nueva, porque este tema está sumamente reglamentado, con mejor calidad técnica en la policía y en el Ejército, y sobre el uso proporcional de la fuerza”.   

El experto considera que si se tienen los protocolos específicos ¿Por qué hacer una nueva ley?  

Jiménez detectó que la iniciativa 6076 carece de un principio de legalidad importante: el de responsabilidad que establecen los estándares internacionales y que sí tienen la Orden General de la PNC, cuyo fin es brindar información sobre situaciones del uso de la fuerza a la autoridad superior inmediata.  

“Este principio lo que establece en pocas palabras es que se debe asumir la responsabilidad en situaciones en las cuales hay duda de un inadecuado uso de la fuerza y al quitarlo pareciera que proponen ser permisivos ante posibles excesos”, resalta Jiménez.   

El analista dice que crea suspicacias que se hable mucho sobre la resistencia para usar la fuerza porque no se explica cuáles son los niveles y sobre esto las reacciones de las fuerzas del orden ante eso. Además, procuraría impunidad.

Sandino Asturias, integrante del Foro de Organizaciones Sociales (FOS), considera que no se puede fortalecer a las fuerzas de seguridad por el uso de la fuerza.  

“Es un concepto equivocado porque las fuerzas de seguridad deben tener una doctrina de la proporcionalidad para cada fuerza y cada momento”, indica Asturias.  

El experto considera que en la iniciativa “está implícito un interés político que se tiene” derivado de que “no estamos fortaleciendo a las fuerzas de seguridad porque usen la fuerza”. 

Los alcances, señala, son limitados porque hace falta “un entrenamiento y una profesionalización adecuada para saber cuál va a ser el uso de la fuerza” en función de las circunstancias que enfrenten, opina Asturias.   

Los elementos del Ejército, dice Asturias, “no deben participar de ninguna manera en funciones de seguridad pública o ciudadana” para eso está la PNC debido a que “tienen funciones totalmente diferentes”. La institución castrense, añade, debe dedicarse a “la defensa de la soberanía del territorio y para ello tiene armamento y entrenamiento”. 

“Los agentes de PNC deben dedicarse a la seguridad ciudadana y al orden público por lo que “no se puede utilizar una norma que ponga al mismo nivel” a la PNC y el Ejército, refirió Asturias y mencionó que la intención del legislador es muy clara para “darle un apoyo normativo a las fuerzas de seguridad para que repriman ante futuras protestas”.  

El diputado Boris España, del bloque Todos, presidente de la comisión de Gobernación, la defiende y asegura que no surgió con el objetivo de reprimir en forma violenta las manifestaciones populares.  

“No se restringe ningún tipo de manifestación porque estas las garantiza la Carta Magna”, expresa.  

De hecho, explica España, la iniciativa original se limitaba a normar la fuerza en manifestaciones, pero la Comisión consideró hacer un análisis del uso de la fuerza “en cualquier situación en donde tanto el Ejército como la PNC tengan amenazas y riesgos”.  

Fue entonces que agregaron “cualquier actividad del crimen organizado”, derivado de que el Ejército en la actualidad realiza tareas del combate a estos grupos.  

España cita que, entre otros cambios, se modificó la “terminología internacional que norma el uso de la fuerza”, para las cuales contaron con apoyos internacionales.  

La idea, dice el legislador, es que “exista una normativa que regule el momento en que se utiliza la fuerza en materia de seguridad principalmente por los derechos humanos”.  

El parlamentario afirmó que se pretende dejar claro y establecer cuando exista amenaza contra las fuerzas de seguridad y que se pueda contar con “el respaldo del Estado para defender a los miembros de las fuerzas de seguridad que se vean envueltos en una situación complicada”, y subrayó que su espíritu es que “pueda reaccionar” tanto un agente de la PNC, como un elemento del Ejército ante el crimen organizado o ante cualquier amenaza y “no en contra de vedar el derecho a manifestar”.