Guatemala

PGN y Salud  piden anular bonos extra a trabajadores

La nulidad de cuatro artículos del Pacto Colectivo de Salud, que se refieren al pago de bonos y viáticos a los trabajadores sindicalizados, pretenden la PGN y el Ministerio de Salud.

Sindicalistas presionaron a gobiernos anteriores para obtener beneficios. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Sindicalistas presionaron a gobiernos anteriores para obtener beneficios. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La petición de esa nulidad, cuyo pago significaría Q2 mil 133 millones  al año, según cálculos de la PGN, se efectuó ayer, durante la primera audiencia del juicio ordinario que se sigue en el Juzgado Séptimo de Trabajo y Previsión Social, debido al supuesto incumplimiento en el pago de los beneficios.

Julio Saavedra, abogado de la PGN, explicó que antes de la suscripción del pacto  debía tomarse en cuenta el presupuesto  del Estado, lo que no ocurrió y por ello la vigencia de los artículos podría causar daño.

El Pacto Colectivo de Salud fue firmado por el entonces ministro del ramo, Jorge Villavicencio, y avalado por el expresidente Otto Pérez Molina, durante la administración del desaparecido Partido Patriota.

El presupuesto aprobado para el Ministerio de Salud este año es de Q6 mil 897 millones 96 mil 196, y el pago de los Q2 mil 133 millones representaría un gasto de 31 por ciento del presupuesto total.

El pago por concepto de bonos y viáticos también supera lo que Salud debe invertir en el sostenimiento de un hospital de neonatología, que al año requeriría Q20 millones.

En el 2014, técnicos del Ministerio hicieron un cálculo sobre lo que se habría cubierto con el pago de Q56 millones por viáticos que se desembolsaron ese año. Según su estimación, se habrían atendido 38 mil 728 partos y equipado 56 centros de Salud, entre otros destinos de beneficio social.mba


El viceministro de Planificación de la cartera, Juan Carlos Verdugo, afirmó: “El derecho de los trabajadores a la negociación colectiva es legítima, pero el Pacto Colectivo tiene implicaciones económicas para el Ministerio de Salud que atentan contra el derecho a la salud de la población guatemalteca”.

Rechazo

El abogado del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Salud de Guatemala, César Landelino Franco López, quien también fue su asesor durante la firma del pacto, expuso en contra de la solicitud y dijo que el Estado participó en las negociaciones, por lo que no puede ahora argumentar en su contra.

 Durante su exposición, Franco López calificó de “aberrante” la intención de anular los cuatro artículos y solicitó que se declare falta de personalidad de la PGN para hacer esa solicitud.

Hizo referencia a que el proceso para la firma del Pacto  cumplió con los aspectos legales necesarios y que ningún funcionario, después de la firma, lo rechazó e incluso hubo compromisos para el pago.

Juicio sigue

En el 2015, el Sindicato de Salud denunció a la cartera debido al incumplimiento en el pago de bonos acordados  en el 2013, y ello llevó a que este lunes se efectuara la primera audiencia del juicio.

La PGN y Salud, además de haber contrademandado con la solicitud de nulidad, buscaban que la jueza  decretara medidas cautelares y dejara en suspenso los artículos, pero la rechazó.

Artículos considerados lesivos

Según la Procuraduría General de la Nación y el Ministerio de Salud, estos son los artículos que deben ser anulados. pues pueden ser lesivos para el Estado.

Artículo 39, último párrafo

 

“Cuando una   resolución de destitución o de suspensión indefinida en el puesto haya sido recurrida ante un juzgado de Trabajo y Previsión Social por el trabajador afectado, la sanción impuesta no podrá ser ejecutada sino hasta que la misma quede firme por resolución de juez competente”.
La solicitud es para que el trabajador pueda ser destituido o suspendido de forma inmediata y no tener que esperar hasta que un juez de Trabajo resuelva si lo avala o  no.
Artículo 43, Numeral 1, incisos a, b, c y f, Además del numeral 3

 

Convenio salarial: El artículo se refiere al compromiso del Ministerio de Salud para pagar bonos y su incorporación al salario base.
Los artículos a, b, c y f se refieren a pago de bonos por Antigüedad real, Incentivo salarial, Incentivo económico por trabajo decente y Traslado de trabajadores de renglón temporal a permanente.
El numeral 3 es sobre pago de viáticos y su reglamento.
Artículo 45. Bonos especiales

 

45.1. Bono vacacional: “El bono vacacional será aumentado a cuatrocientos quetzales —Q400—”.
45.2. Bono navideño: “Se entregará en la tercera semana de diciembre de cada año, de trescientos quetzales —Q300— a todos sus trabajadores”.
“Ambos bonos serán efectivos a partir del mes de diciembre del 2013”. En ese año   se firmó el pacto colectivo.
Artículo 51. Gastos de asistencia técnico profesional

 

“El MSPAS —ministerio— se compromete a pagar la asistencia legal profesional que reciba el SNTSG —sindicato—, por la discusión del presente Pacto, de acuerdo al arancel profesional pactado por las partes del 10%. Pago que se hará efectivo en un solo pago: 7% cancelará al profesional contratado el MSPAS y un 3% se descontará directamente a cada trabajador”.
El abogado del sindicato César Landelino Franco López    cobró Q24 millones por la negociación.

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