Decisión Libre 2015

Vence plazo para que partidos retiren propaganda en la capital

Este lunes venció la medida para que los partidos políticos retiren la propaganda de los lugares prohibidos que la Municipalidad capitalina señaló. A partir de hoy, la comuna retirá la propaganda de parques y monumentos.

La propaganda política ya se observa en distintos puntos de la capital. (Foto Prensa Libre: HemerotecaPL)

La propaganda política ya se observa en distintos puntos de la capital. (Foto Prensa Libre: HemerotecaPL)

Carlos Sandoval, vocero de la comuna capitalina, confirmó que este lunes termina el plazo que la Municipalidad dio a los partidos para que retiren propaganda electoral de lugares de los que la Ley prohíbe, entre ellos parques, monumentos y efigies.

Señaló que hasta el momento no han sido notificados sobre ninguna acción legal de los partidos políticos. La comuna se ampara en el Acuerdo Municipal 25-2011 la cual limita colar este tipo de publicidad en espacios públicos y privados.

Partidos

El  viernes último en la reunión de fiscales de partidos políticos y magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE), se tocó el tema. El magistrado Mario Aguilar, comentó que los fiscales pidieron discutir el punto en la agenda.

Según el magistrado la conclusión a que la que se llegó en la reunión fue que “los partidos políticos que se sintieran agraviados por la decisión de la Municipalidad de Guatemala, accionaran legalmente”.

¿Qué dice la Ley?

La Ley Electoral y de Partidos Políticos indica en su artículo 219 que “La propaganda electoral es libre, sin más limitaciones que las establecidas en esta ley y de los actos que ofendan la moral o afecten al derecho de propiedad o al orden público.”

El articulo agrega que: “durante el proceso electoral, corresponde con exclusividad al Tribunal Supremo Electoral la aplicación de toda disposición legal o reglamentaria aplicable a la propaganda electoral”.

Asimismo, las prohibiciones están establecidas en el artículo 223 e indica que “durante cualquier proceso electoral es terminantemente prohibido. Hacer propaganda electoral pegando o pintando rótulos en efigies, paredes, señales, rótulos, puentes y monumentos, salvo que se trate de propiedad privada y se cuente con autorización del dueño”.

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