Política

TSE analizará si revoca o no candidaturas de Roberto Arzú y José Armando Ubico

Los magistrados del TSE revisará los casos de Roberto Arzú y José Armando Ubico, quienes ya están inscritos, para determinar si cumplen o no con el requisito de idoneidad, honorabilidad y capacidad contenidas en el artículo 113 constitucional.

Magistrados del TSE revisarán los casos de Roberto Arzú y José Armando Ubico. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Magistrados del TSE revisarán los casos de Roberto Arzú y José Armando Ubico. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Los casos de ambos candidatos trascendieron a la escena pública y pusieron en debate si cumplen con los requisitos constitucionales.

Arzú, candidato presidencial de la coalición Partido de Avanzada Nacional (PAN)-Podemos, tiene una orden de captura en Miami por una supuesta deuda con el consultor político Juan José Rendón, quien reclama US$6.1 millones, pero el aspirante lo considera un “extorsionista”.

La orden de captura contra Arzú la giró la jueza Barbara Areces, del XI Circuito Judicial para el condado de Miami-Dade.

En el documento firmado por la jueza Areces se indica que Arzú fue citado a comparecer ante el tribunal el pasado 4 de abril.

Sin embargo, Arzú no asistió a la audiencia y eso motivó que la jueza hiciera la petición a los Sheriff — autoridad policial —de Miami para que detengan al candidato presidencial.

Roberto Arzú, candidato presidencial de PAN-Podemos. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

El Tribunal además ordenó a los sheriffs que mantengan a Arzú en custodia y lo lleven ante un juez de primera comparecencia dentro de las 24 horas de su detención.

Documentos a los que tuvo acceso Prensa Libre señalan que la demanda fue promovida por la empresa JJ Rendón & Associates Strategic Creativity, LLC.

En el caso de Ubico Aguilar, actual diputado e inscrito para la reelección por el partido Todos, figura en una lista de siete guatemaltecos implicados en corrupción y narcotráfico que elaboraron los departamentos de Defensa y de Estado de Estados Unidos.

La lista de corruptos precisa que Ubico Aguilar “es un diputado que fue condenado a 46 meses de prisión en 2003 en Estados Unidos por tráfico de heroína y que después de su liberación anticipada en libertad condicional en el 2005 y posterior deportación, Ubico fue elegido en el 2015 para integrar el Congreso”.

Información publicada por elPeriódico indica que Ubico Aguilar fue detenido en el Aeropuerto Internacional de Newark, Nueva Jersey, el 3 de noviembre de 2001, señalado de tráfico de drogas.

El diputado José Armando Ubico Aguilar está en la lista de corruptos que publicó el Departamento de Estados de Estados Unidos. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Dentro del proceso se declaró culpable de conspirar para introducir por lo menos un kilogramo de heroína a Estados Unidos. Fue acusado y condenado en diciembre de 2003, por el Juzgado de Nueva Jersey y condenado a 46 meses de prisión y tres años de libertad condicional.

A pesar de que ese caso fue de conocimiento público, Ubico Aguilar fue inscrito por el Registro de Ciudadanos.

Julio Solórzano, presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), indicó que ese órgano no descarta que se lleguen a conocer los expedientes de ambos candidatos.

“Lo reitero, el Tribunal analizará cualquier caso. Lo veremos y en el caso anterior el Tribunal resolvió revocar la inscripción del binomio presidencial y esa fue la decisión que tomamos. Y en los casos que ustedes plantean pues obviamente los veremos y emitiremos las resoluciones que correspondan en el momento oportuno”, dijo Solórzano.

El caso al que hizo alusión Solórzano se refiere a Mario Estrada, preso en Estados Unidos por intentar obtener US$12 millones del cartel de Sinaloa a cambio de ofrecer todas las facilidades para el trasiego de drogas por Guatemala, y de planear la muerte de dos candidatos presidenciales, de los cuales uno de ellos es Thelma Aldana, quien aún no ha sido inscrita, según la acusación del Departamento de Justicia de Estados Unidos, con base en una operación de la Administración para el Control de Drogas (DEA, en inglés). Al político le fue revocada la inscripción ante este “hecho notorio”, lo cual contravenía el artículo 113, que se refiere a los candidatos deben cumplir con los requisitos de idoneidad, honorabilidad y capacidad que demanda la Constitución en su artículo 113.

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