Política

TSE busca controlar los debates, entrevistas y foros en los medios

El pasado 5 de marzo, los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) firmaron el acuerdo 99-2019 que regula la organización de debates, entrevistas y foros públicos que los medios de comunicación desarrollen con candidatos durante el proceso electoral.

La normativa define parámetros para que los medios de comunicación desarrollen foros con candidatos a cargos públicos. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La normativa define parámetros para que los medios de comunicación desarrollen foros con candidatos a cargos públicos. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Dicho reglamento da al tribunal la potestad de aprobar los lineamientos, formato y mecánica para esas actividades.

Su objetivo es “facilitar la interacción entre los candidatos”, y permitir “un intercambio de ideas y opiniones que favorezca la discusión”.

Señala que “es la autoridad electoral quien determina las reglas a las que se ceñirán los candidatos para debatir, teniendo en consideración las opiniones de las organizaciones políticas”.

Plantea que esas disposiciones son de observancia general para la realización de debates, foros y entrevistas en los medios de comunicación social.

Quienes están exentos de acatar el reglamento son las universidades, entidades académicas y los colegios profesionales.

El acuerdo fue emitido el 5 de marzo último, ya está vigente y deberá ser publicado en el Diario de Centro América.

Temas y estructura

El reglamento señala que los medios de comunicación deberán presentar su actividad programada, ya sea foro, entrevista o debate, en forma anticipada a la Unidad Especializada Sobre Medios de Comunicación y Estudios de Opinión del TSE.

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Esta unidad será la que apruebe las programaciones, mecánicas que le presenten sobre debates, entrevistas y foros para “que se garanticen las condiciones de celebración”.

Los medios deberán presentar su propuesta con la finalidad de que los candidatos participen en igualdad de condiciones.

Además, se reafirma que la Unidad de Medios será quien “aprobará la mecánica con el criterio de igualdad y equidad entre los partidos”.

El reglamento establece que los debates, foros o entrevistas deben centrarse en temas específicos, por ejemplo, sus programas, proyectos, plan de trabajo que conforma su plataforma electoral, intercambio de puntos de vista diversos sobre temas de interés, fomento de la educación cívica, la cultura político democrática y la participación ciudadana.

También deberá ser un espacio para que los candidatos hablen a los votantes sobre aspectos relevantes sobre su vida, interés, experiencia y formación profesional.

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Además condiciona una estructura general que se debe seguir, con el que se busca garantizar las condiciones de equidad, igualdad y democracia para la celebración de esas actividades.

Exige que el medio que organice el evento notifique a la Unidad de Medios los lineamientos específicos y técnicos, el orden de los temas, adecuaciones al formato y las reglas del mismo en función del tiempo, los espacios disponibles, retransmisiones, difusión y promociones.

En su artículo 9 el reglamento impone una estructura para el evento, que se compone de entrada, desarrollo, conclusiones y cierre, pero además precisa qué se debe decir y hacer en cada uno de estos.

En el siguiente artículo establece que la selección de los temas y el orden en que se presentarán se determinará de acuerdo con la propuesta presentada a la Unidad de Medios, pudiendo ser a elección de la misma o por sorteo para lo cual tendrá que tomar dicha decisión, a más tardar diez días antes de la fecha de la realización del evento.

Además, presenta un catálogo de temas para discutir: sociales, económicos y de Gobierno, aunque indica que puede haber otros temas a discutir. El acuerdo también señala que el tiempo máximo de duración de los debates serán 120 minutos y el tiempo de exposición, preguntas y respuestas será de 10 minutos.

Regula asimismo la preparación y desarrollo del evento, y define que en el desarrollo del debate los candidatos en sus intervenciones deberán ser a viva voz y no apoyados de ningún dispositivo electrónico.

También que los candidatos deberán respetar el contenido de los temas y los tiempos establecidos. Asimismo, deberán evitar un discurso con palabras o señas que conlleve agresiones a los demás participantes.

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Moderador

En el documento hay un capítulo dedicado al moderador de los eventos, donde impone requisitos y funciones que debe cumplir.

Los requisitos son ser guatemalteco, que no desempeñe cargo en organización política o comité, ni ser de reconocida militancia o identificación partidista. Tampoco debe ser ministro de culto.

Exige que no tenga grado de parentesco en línea recta o ascendente o descendente con los candidatos, que no tenga un contrato de trabajo vigente con el Estado o municipalidades, salvo la docencia.

Además, debe tener experiencia y conocimiento en áreas humanísticas, periodismo, investigación, docencia, ciencia política o sociología.

También deberá encargarse de tener el control y ceder el uso de la palabra, mantener un ambiente cordial e imparcial, orden, respeto y disciplina; notificar que cierto candidato se excedió en el uso del tiempo y hacer rectificaciones para que el desarrollo del acto sea conforme lo planificado.

 

Este es el acuerdo 99-2019

 

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