Política

TSE debe publicar las inscripciones de candidatos para permitir las impugnaciones

Los fiscales de los partidos políticos ante el TSE han solicitado que apliquen el artículo 59 bis del reglamento de la Ley Electoral, para que se puedan impugnar la inscripción de candidatos a elección popular si alguien así lo considera.

Los magistrados del TSE escuchan las quejas de los fiscales nacionales de los partidos políticos. (Foto Prensa Libre: Carlos Hernández Ovalle)

Los magistrados del TSE escuchan las quejas de los fiscales nacionales de los partidos políticos. (Foto Prensa Libre: Carlos Hernández Ovalle)

La reforma electoral aprobada en el 2016 por el Congreso da nuevas herramientas y potestades a los partidos políticos, TSE y sobretodo a la ciudadanía, quienes en este proceso electoral podrán vetar la candidatura de algún político si consideran que no llena las calidades establecidas, por ejemplo, en el 113 constitucional sobre capacidad, idoneidad y honorabilidad.

Este jueves 31 de enero, durante la primera reunión entre los magistrados del TSE y los fiscales de los partidos políticos se quejaron de que en la página web del Tribunal no se han publicitado las actas o resoluciones que señalen que un candidato está inscrito.

Emerson García, fiscal del partido Todos, señaló que se está incumpliendo la norma electoral debido a que no se han hecho públicas las resoluciones con las que el Registro de Ciudadanos afirma que una persona quedó inscrita como candidato a un puesto de elección popular.

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El artículo 59 bis del reglamento de la normativa electoral establece que el Departamento de Organizaciones Políticas deberá publicar en la página web del Tribunal Supremo Electoral y en otros que estime pertinentes, toda resolución relativa a la solicitud de inscripción, en las veinticuatro horas posteriores a la notificación realizada al solicitante, y en su caso, los nombres de los candidatos por organización política, de acuerdo al orden de prelación.

Mientras que el artículo 216 de la Ley Electoral, señala en el tercer párrafo, que las resoluciones afirmativas o negativas de inscripción de candidatos serán públicas, debiendo el Departamento de Organizaciones Políticas poner a disposición de todos los ciudadanos dicha información por los medios que tenga a su alcance, en las 24 horas posteriores a la notificación realizada al candidato inscrito; deberá publicar también los nombres de los candidatos por organización política según vayan quedando inscritos.

“Las impugnaciones que se realicen contra la inscripción de candidaturas deberán realizarse dentro de los tres días siguientes a la publicación de la notificación realizada al candidato inscrito”, indica la norma.

El presidente del TSE, Mario Aguilar Elizardi, luego de la queja de los fiscales electorales, ordenó al jefe del Departamento de Organizaciones Políticas, Jorge Mario Grajeda que en la brevedad posible haga cumplir la Ley Electoral, subiendo a la página web las resoluciones afirmativas o negativas relativas a la inscripción de candidatos para que la ciudadanía o las organizaciones políticas puedan accionar contra la candidatura de alguna persona en el plazo que establece la Ley.

Se intentó hablar con Grajeda, sin embargo, evitó comparecer ante los medios de comunicación y fiscales de los partidos políticos y salió por la puerta de atrás del recinto donde se llevaba a cabo la reunión.

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Otras quejas

Los fiscales de los partidos políticos se quejaron de que en algunos departamentos no permiten la inscripción de candidatos, ya que exigen algunos documentos que no pueden ser presentados, sobre todo si el candidato no ha sido funcionario público como la entrega de la constancia transitoria de inexistencia de reclamación de cargos -finiquito-.

Las personas que no han manejado fondos del Estado no deben entregar el finiquito, pero si una declaración jurada en la que establezcan que no han manejado fondos gubernamentales.

También señalaron que otros candidatos presentaron ese documento que obtuvieron de manera electrónica, y que el mismo ha es aceptado, ya que los delegados del TSE exigen que se entregue el que extiende de manera física la Controlaría General de Cuentas.

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